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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1063955  por quiron
 
Colegas:
Asumí la representación de un abogado que falleció en Pcia de Buenos Aires, entre tantos juicios, dos en particular son un litisconsorcio activo (dos actores demandan a la empresa) en uno de ellos uno de los co-actores falleció, yo tengo poder por el restante co-actor, en el segundo caso, tengo poder de uno de los actores, sin embargo al restante co-actor no logró contactarlo. De que forma puedo continuar el proceso con cada uno de los actores ?, no encontré formas de exclusión de litisconsorte, les paso algo similar ? se les ocurre algun modo de continuar ?

Saludos
 #1063975  por flux
 
En el caso del litisconsorte fallecido: denuncia el fallecimiento, continua ejerciendo la representacion por el poder que tenes, y denuncia los herederos y citalos a que se presenten a continuar con el tramite. En caso de que no sepas quienes son los herederos o no te den pelota. No digas nada del fallecimiento, continua con el poder, al momento de la vista de causa o de la audiencia del arreglo pone cara de poker diciendo que "no se que paso con mi cliente" y cerra el acuerdo por el otro y que sea lo que que dios quiera con la parte del muerto. Porque si decis que uno murio y despues tenes problemas para traer a los herederos del fallecido su juicio, al final se le complica y retrasa mal el juicio al que esta vivo por culpa del otro que murio

En el caso del coactor desaparecido: como en el caso anterior parte final, segui el juicio como si nada y llegado el momento de arreglar o tomar la vista pone cara de poker de "pero donde se metio este tipo!?" y arreglar por el que esta. El otro que se arregle como pueda o que pierda el juicio o que le quede ahi muerto. Salvo que quieras renunciarle a ese, entonces plantea que por perder contacto con la parte le renuncias, lo notificas al domicilio que denuncio y listo, seguis por el que queda
 #1064269  por quiron
 
Gracias Flux, pero yo tengo poder en el PRIMER CASO, por el coactor vivo, el otro falleció y no llego a otorgarme poder, de modo que el Tribunal de Morón no me permite continuar el tramite sin que se presente el otro. En el SEGUNDO CASO, es lo mismo, tengo poder por uno de los actores y el otro restante no lo podemos ubicar