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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1064432  por MartinaCtes
 
Estimados les traslado una inquietud:

Un cliente que realizó aportes como empleada provincial durante 14 años, luego realizó aportes como autónoma durante más de 16 años.

Mis preguntas son:

1) ¿Cómo se determina si hay que iniciar la jubilación provincial o nacional? Y si es posible quisiera saber ¿Qué normativa es la que determina cuál jubilación corresponde en este caso?

Esta respuesta es importante para mí, porque el titular pretende jubilarse por provincia ya que supuestamente cobraría una jubilación mayor y no quiero meter la pata.

2) En caso de tratarse de una jubilación nacional, para hacer valer los aportes como empleada provincial, ¿Debería solicitar una certificación de servicios y remuneraciones?

Muchas gracias de antemano por sus colaboraciones
 #1064520  por arandu2
 
Estimada martina.
Veo que estas bastante perdida en el tema de derecho previsional. Primero te recomiendo que leas la ley 24.241, que es la ley madre. Luego te sugiero que compartas el caso con un abogado previsionalista. El caso no es sencillo de resolver. Saludos

Arandu del portal
 #1064532  por MartinaCtes
 
arandu2 escribió:Estimada martina.
Veo que estas bastante perdida en el tema de derecho previsional. Primero te recomiendo que leas la ley 24.241, que es la ley madre. Luego te sugiero que compartas el caso con un abogado previsionalista. El caso no es sencillo de resolver. Saludos

Arandu del portal
Estimado arandu2,

Sinceramente he leído la Ley en reiteradas oportunidades y también he realizado cursos sobre la materia, pero la realidad es que estoy comenzando con la profesión y si es necesario no tengo ningún inconveniente en compartir el trabajo con un profesional, pero nótese que yo pedí orientación sobre los siguientes aspectos:

a) Cómo se determina en estos casos si tengo que iniciar una jubilación nacional o provincial, respaldado en qué normativa;
b) Y sobre la forma de hacer valer los aportes realizados en una caja diferente.

Si alguien me puede orientar lo voy a agradecer, saludos.
 #1064591  por Maria C.
 
leer detenidamente la ley 24241.
LA caja otorgante se determina donde tenga mayor cantidad de aportes, en el caso de igualar en 2 cajas el titular puede optar por la más beneficiosa
 #1064614  por periquita
 
MartinaCtes escribió:Estimados les traslado una inquietud:

Un cliente que realizó aportes como empleada provincial durante 14 años, luego realizó aportes como autónoma durante más de 16 años.

Mis preguntas son:

1) ¿Cómo se determina si hay que iniciar la jubilación provincial o nacional? Y si es posible quisiera saber ¿Qué normativa es la que determina cuál jubilación corresponde en este caso?

Esta respuesta es importante para mí, porque el titular pretende jubilarse por provincia ya que supuestamente cobraría una jubilación mayor y no quiero meter la pata. No va a poder hacerlo porque necesita 35 años de aportes

2) En caso de tratarse de una jubilación nacional, para hacer valer los aportes como empleada provincial, ¿Debería solicitar una certificación de servicios y remuneraciones? necesitas hacer un reconocimiento de servicios.

Muchas gracias de antemano por sus colaboraciones
 #1064647  por cirarussi
 
Yo haría lo siguiente: Pediría una certificación de serv. y rem. en la provincia, a los siguientes efectos:

- Confirmar la cantidad de años de aportes en dicha caja;
- Ver cuál de las dos cajas (provincial o nacional) es la que cuenta con mayores aportes y así podemos definir cual de los dos regímenes es el que corresponde;
- En el caso de que efectivamente corresponda el régimen nacional, iniciaría un reconocimiento de servicios y una vez que cuento con el mismo iniciaría el trámite jubilatorio.