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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #105565  por martin-
 
Hola colegas... les hago una consulta... tengo un cliente que tiene un hijo de 1 año con una chica de 20 pero no estan casados... ella se lo deja ver de ves en cuando y cuando le conviene para salir... pero es muy inestable y un dia se lo deja ver y otro se pianta!! ella labura de noche, la madre todo el día en un remis y se lo deja a las amigas de ves en cuando... mi idea es hacer una demanda solicitando regimen de visitas..., pero será viable que le sujiera al Juez un régimen abierto dada las circunstancias? saben dar regimen abierto... gracias

 #105664  por Franco31
 
Hola martin, en estos casos tenes dos posibilidades, o inicias la demanda de tenencia y regimen de visitas, o haces la denuncia penal por infraccion a la Ley 24270 y ademas la demanda de tenecia en el juzgado de familia denunciando el expediente penal. en caulquiera de los casos son los jueces quienes determinan el regimen, salvo que en el interin exista acuerdo de partes. Saludos

 #105751  por martin-
 
no te entiendo, o inicio tenencia o regimen de visitas ¿por que las dos? la tenencia no me conviene es menor de 5 y no tengo causal grave para sacarselo...

 #105948  por usuario
 
Inicia un regimen de visitas.Solicita lo que desee tu cliente en cuanto al mismo, días horarios, etc.
Solicita una audiencia con las partes y ve si podes consensuar.

 #106194  por Sailaw
 
En caso de motivos graves, lo presupuesto por la ley para los menores de 5 años respecto de la tenencia, puede variar, si es que el padre le puede dar una mejor atención, porque eso de estar paseando todos los dias entre amigas de la madre, no creo que esté bien.

 #106559  por jfrotela
 
martin, coincido con sailaw, fijate porq eso que contas de la madre y de sus amigas que cuidan al menor, no es algo para dejar pasar. Tendrias que ver bien como encarar el tema y como probar esto. Eso es algo que va a depender del caso concreto.
Pedilo, para bajar despues hay tiempo, es una posibilidad no muy lejana. Va a tener que ver mucho el criterio del juez y el grupo del juzgado que te toque. Fijate si tenes referencias del juzgado, o de ese departamento judicial.

 #108512  por maria eva feller
 
Exacto, solo regimen de visitas. En la demanda podès plantear todo lo que creas conveniente, de todas maneras pasa a etapa previa ( si es provincia de Bs.As.) con audiencia con las dos partes. Si es capital igual hay audiencia es prerrogativa del juez y siempre llama a las partes para avenirlas. Ahí cada parte expone sus argumentos.En esas audiencias a veces se consigue llegar a un acuerdo, se firma el acuerdo, el juez lo homologa y ahi acaba todo. No creo que te den regimen amplio. De todas maneras pedir se puede pedir. La acción penal no te la recomiendo, generalmente, no da buen resultado.
suerte
m.eva feller

martin- escribió:no te entiendo, o inicio tenencia o regimen de visitas ¿por que las dos? la tenencia no me conviene es menor de 5 y no tengo causal grave para sacarselo...