Una pregunta a los colegas de esta página. Si pasados los diez días que establece el Código Procesal Penal desde la indagatoria para que se procese al imputado ello no ocurre ¿Se lo puede procesar más adelante? ¿El plazo es de caducidad? ¿Que interpongo en caso que quieran dictar el procesamiento fuera de termino? Gracias a todos.
Vencido ese plazo, prorrogable por otros 10 dias, el fiscal tiene 3 posibilidades:
Lo Procesa (con o sin prision preventiva),dicta la falta de merito o el sobreseimiento. Entiendo que te referís a la falta de merito. Es decir, vencido el plazo, algo debe decir inexorablemente.