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  • Derechos del padre despues de la perdida de la paternidad?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1066120  por buenosairesfamilia
 
Estimados colegas. Agoté mi biblioteca asi que recurro a ustedes como mi último recurso.

Tengo a un padre al quien se le impugnó la paternidad de su hijo. La madre esta desaparecida por lo que al menor lo mandaron al patronato (hay causa de abrigo de por medio). En sede penal se hizo un ADN que probó que el nene no es hijo biológico del imputado y le dieron al padre una falta de mérito.

El tema es que el nene sigue en el patronato y la madre sigue desaparecida, asi que estoy viendo que posibilidades tengo de obtener algo (visitas o una guarda provisoria), pero no encuentro nada de doctrina ni de juris que me ayude. Alguien me puede dar una mano?

Lo único que se me ocurre es agarrar el tema por el lado de que hay que evitar la institucionalización del menor si es que hay otra alternativa, pero de lo que hablé en el Juzgado me parece que ellos prefieren que este institucionalizado a que esté con el padre, asi que estoy buscando alternativas o buena jurisprudencia y doctrina que me permita ir a la Cámara de ser necesario.
 #1067318  por Tiburcio
 
Si el señor crió al niño y convivió con él es la persona mas idónea para asumir su guarda hasta que aparezca la madre.
Por lo tanto yo pediría la guarda en sede del juzgado de familia.
También puede pedirla administrativamente ante el organismo que ejerza las potestades de la ley 26061 (normalmente las municipalidades si es la Prov. Bs. Aires).
 #1067599  por aron11
 
Buen día colegas. Necesito de Uds. Hice una demanda por daños y perjuicios y reparaciones por humedad y filtraciones y la voy a presentar con monto indeterminado, el daño avanza día a día y lla Sra. no puede pagar a alguien para que le hagan un informe y presupuesto. Puedo presentar la demanda así o me van a decir que hay defecto?.
 #1067691  por buenosairesfamilia
 
Tiburcio escribió:Si el señor crió al niño y convivió con él es la persona mas idónea para asumir su guarda hasta que aparezca la madre.
Por lo tanto yo pediría la guarda en sede del juzgado de familia.
También puede pedirla administrativamente ante el organismo que ejerza las potestades de la ley 26061 (normalmente las municipalidades si es la Prov. Bs. Aires).
Gracias por el aporte colega.