Buenos días, la consulta es la siguiente: Mi clienta vendió hace 5 años una camioneta por boleto de compraventa. Nunca se transfirió pero hizo la denuncia de venta. Pasado los años, mi clienta se entera que al que le vendió la camioneta, a su vez lo vendió por boleto a otra persona, y así sucesivamente, habiendo un total de 3 boletos de compraventas.
El tema es que ahora a mi clienta le llega una intimación por falta de pago del impuesto automotor. La idea es reclamarle esa deuda al primer comprador (alrededor de $5.000), con más intereses.
Pero la pregunta es, podría reclamar daño moral?? Y en su caso, cuándo podría reclamar por dicho concepto?
Muchas gracias
El tema es que ahora a mi clienta le llega una intimación por falta de pago del impuesto automotor. La idea es reclamarle esa deuda al primer comprador (alrededor de $5.000), con más intereses.
Pero la pregunta es, podría reclamar daño moral?? Y en su caso, cuándo podría reclamar por dicho concepto?
Muchas gracias

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI