pampa2008 escribió:hola, no me queda claro si tengo que presentar el manadmiento de intimacion y citacion que me proveyeron ademas del pedido de embargo de sueldo. COmo seria el procedimiento para pedir embargo de sueldo? gracias
generalmente se solicita en el escrito de demanda
y se comunica por oficio al empleador
como simple pauta
“San Isidro, de de 2014 . I. Por presentado, por parte en mérito al poder acompañado, por denunciado el domicilio real y por constituído el legal en el indicado. II. De acuerdo a lo dispuesto en el art.529 del C.P.C.C. y de conformidad con lo solicitado, líbrese mandamiento de intimación de pago y citación de remate, requiriéndose al deudor el pago del capital reclamado de $ ... , con más la suma de $ .... , estimada provisoriamente en concepto de intereses y costas. El ejecutado quedará citado para oponer excepciones e intimado a constituir domicilio dentro del plazo de cinco días bajo el apercibimiento establecido en el art.540 del C.P.C.C.. El mandamiento aquí ordenado podrá reiterarse sin autorización expresa en la causa, en caso de resultar fallida la diligencia, considerándose como denunciado el domicilio indicado en el nuevo mandamiento. ... V. De conformidad con lo solicitado y hasta cubrir las sumas de $ ... en concepto de capital con más la de $ .... que se presuponen "prima facie" para responder a intereses,costos y costas del presente proceso y
en el porcentaje del 20% autorizado por ley (leyes 14.443, empleados en general y 9511 empleados públicos) trábese embargo sobre los haberes que le correspondan percibir a .... en la firma .......... a cuyo fin líbrese oficio dejándose constancia en el mismo que: la medida cautelar y la transferencia de fondos deberá cumplirse en el término perentorio de 48 hs de efectuada la liquidacion de haberes, acreditándose su traba dentro del término dispuesto por el 396 del C.P.C.C. bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de imponerle una multa de un valor equivalente a dos (2) Jus por cada día de retardo (conf. tercer párrafo del art. 397 del C.P.C.C.). Las sumas resultantes de la medida cautelar deberán ser depositadas en una cuenta a abrirse para estos autos en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tribunales de San Isidro, y a la orden del suscripto, debiendo previamente retirar de Secretaria el oficio para la apertura de la cuenta judicial. ... JUEZ P.D.S “
“Mar del Plata, de de 2013.- I.- Por presentado, en el carácter indicado y con el domicilio legal constituìdo (art. 40 del CPCC.). Por cumplido con las leyes 8480 y 10268.- Por integrada la tasa de justicia y su contribución (Código Fiscal).-
II.- Teniendo en cuenta lo que surge de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 521 y 529 del ritual, líbrese mandamiento de intimación de pago contra el ejecutado ......... , por la suma de $ ... .- importe del crédito que se reclama en autos, con más la de $ ..........- que se presupone "prima facie" para responder a intereses, costos y costas del juicio. En caso de dar resultado negativo la intimación de pago, ella importará la citación al ejecutado para oponer excepciones legítimas dentro del plazo de cinco (5) días, -con más la ampliación en razón de la distancia en caso de corresponder-, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución (art. 540 CPCC), como asimismo el requerimiento para que dentro de dicho plazo constituya domicilio legal bajo pena de tenerlo por constituído en los estrados del juzgado (art. 41 CPCC).
III.- De conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por el art. 209 del ritual, bajo responsabilidad de la parte actora,
trábese embargo preventivo sobre el sueldo y/o cualquier otra remuneración que perciba el ejecutado ... en el lugar indicado por el ejecutante, esto es, en ............. , en la proporción dispuesta por el Dec.484/87 y hasta cubrir los montos precedentemente consignados; a cuyo fin, líbrese oficio al empleador. Dichas sumas deberán ser oportunamente depositadas en la cuenta abierta a nombre de autos y a la orden de éste Juzgado y Secretaría, en el Banco Provincia de Buenos Aires - Sucursal Tribunales que lleva el número ... .- La medida precedente se otorga bajo caución juratoria, la que se considera implícitamente prestada en la petición formulada por el peticionante, en tanto todo proveimiento precautorio conlleva la responsabilidad civil que se generaría si aquella hubiera sido solicitada sin derecho (art. 1109 y ccdtes. del C.C.).- ... Fdo ... JUEZ CIVIL Y COMERCIAL”