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 #1065270  por rechpablo
 
Hola, a todos/as. Si una Compania de Seguros decide anuladar la poliza por falta de pago; para que sea efectiva tiene que notificarla al asegurado?
En un juicio de D.y P. voy por la actora, cite en garantia a la Compania del demandado y esta dice que si bien el vencimiento de la poliza fue despues del accidente, la misma estaba anulada por falta de pago por endoso; pero el demandado nunca fue notificado de nada. gracias
 #1065430  por RosannaAmatista
 
Si Usted contrato un seguro, y al momento de solicitar el pago, la Compañía de Seguro, le rechaza el siniestro, sepa como reclamar…
PROBLEMAS FRECUENTES
Seguro Automotor: Falta de pago, carnet de conducir vencido, alcoholemia.
Seguro de Vida – Accidentes Personales: falta de pago, clausulas abusivas, declaración de salud, falta información de la muerte.
Seguro del Hogar/ Seguro Combinado Familiar: falta de pago, valoración de real de tu propiedad.
Otros Riesgos de Daño Patrimonial
No obstante se presenta con frecuencia violaciones a la Ley de Defensa al Consumidor, mal o insuficientemente informado al comprar un seguro y eso la ha causado un perjuicio, por incumplimiento del Contrato de Seguro, por cláusulas abusivas, mala atención, diferencias maliciosas de interpretación sobre el alcance de la cobertura, por rechazo injustificable por el monto pretendido o rechazos a la cobertura del accidente sin existencia de causa legal válida. La aseguradora emitió la póliza modificando injustificadamente su solicitud de seguro y sin informarle detalladamente las modificaciones causando con ello un perjuicio a sus intereses. La aseguradora rechaza pagar, se demora o le propone pagarle en cuotas cuando debe ser legalmente pagado de contado.
Ud. dispone de derecho a reclamar. Para lo mismo lo puede hacer:
http://www.protectora.org.ar/comercial- ... guros/490/
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (SSN)
Para realizar denuncias relativas al mercado asegurador (contra aseguradoras, productores, liquidadores de siniestros, entidades no autorizadas y la propia SSN), sobre: incumplimiento de contratos, cláusulas abusivas, mala atención, etc., dirigirse a:
http://www2.ssn.gov.ar/
Por Carta:
Superintendencia de Seguros de la Nación
Avenida Julio A. Roca 721
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(CP C 1067ABC) – ARGENTINA
Atención telefónica: Línea gratuita 0800-666-8400 ó 54-11-4338-4000
 #1065433  por reyleon
 
rechpablo escribió: En un juicio de D.y P. voy por la actora, cite en garantia a la Compania del demandado y esta dice que si bien el vencimiento de la poliza fue despues del accidente, la misma estaba anulada por falta de pago por endoso; pero el demandado nunca fue notificado de nada. gracias
Que SS disponga, a vos eso no te preocupa. La demandada es solvente? andá tramitando algún embargo, atento a su desaprensiva actitud de andar sin seguro...

Saludos... G.
 #1066427  por matutemorais
 
no importa si el vencimiento de la póliza fue posterior, lo que importa es si habia pagado el mes en curso, si habia pagado y tenes recibos vas a ganar el tema, si no habia pagado se cae sola... nadie te notifica nada, recien te mandan el rechazo ante de los 30 dias de haber hecho la denuncia de siniestro. Saludos.