Hola, esto es un caso propio. Tengo que renovar la licencia de conductor en CABA y resulta que tengo muchas infracciones de tránsito, que son de dos taxis que tengo, a lo largo de los años han ido desfilando varios choferes y ninguna de esas infracciones fue cometida por mi, ya que yo jamás los manejaba.
Solicité la "probation" de pagar las infracciones con servicio comunitario (es un changüí exclusivo para taxistas) y los legajos de los distintos autos fueron reunidos en un controlador (al que voy a ir a ver en breve) en el CGPC de Cabildo al 3000.
El asunto es que los empleados de ese "jefe de controladores" ya me avisaron que el tipo no otorga la probation (que por cierto es una facultad y no una obligación suya).
Escapa a mis posibilidades pagar las infracciones (que calculo a ojímetro más de $ 30 mil), y por otra parte, entiendo que no me corresponde pagarlas, ya que si bien el GCBA las presume cometidas por mi, no lo fueron (inviertiendo la carga de la prueba), y siendo que no tengo ninguna manera de demsotrar que yo no fui (la manera sería arriar a los choferes y que "confiesen" haberlas cometido delante del controlador, lo cual es imposible de hacer).
Entonces -y acá llega mi planteo- en el caso de que me "condene a pagar en efectivo", ¿que les parece que inicie un proceso contencioso administrativo (en el cual pretendo la declaración de inconstitucionalidad del acto administrativo que invierte la carga de la prueba) solicitando subsidiariamente un recurso de amparo para que se me permita renovar la licencia de conducir sin presentar libre deuda de infracciones hasta tanto se ventile la cuestión de fondo? lo ven viable? alguna sugerencia?
Muchas gracias de antemano por sus opiniones!
Saludos... G.
Solicité la "probation" de pagar las infracciones con servicio comunitario (es un changüí exclusivo para taxistas) y los legajos de los distintos autos fueron reunidos en un controlador (al que voy a ir a ver en breve) en el CGPC de Cabildo al 3000.
El asunto es que los empleados de ese "jefe de controladores" ya me avisaron que el tipo no otorga la probation (que por cierto es una facultad y no una obligación suya).
Escapa a mis posibilidades pagar las infracciones (que calculo a ojímetro más de $ 30 mil), y por otra parte, entiendo que no me corresponde pagarlas, ya que si bien el GCBA las presume cometidas por mi, no lo fueron (inviertiendo la carga de la prueba), y siendo que no tengo ninguna manera de demsotrar que yo no fui (la manera sería arriar a los choferes y que "confiesen" haberlas cometido delante del controlador, lo cual es imposible de hacer).
Entonces -y acá llega mi planteo- en el caso de que me "condene a pagar en efectivo", ¿que les parece que inicie un proceso contencioso administrativo (en el cual pretendo la declaración de inconstitucionalidad del acto administrativo que invierte la carga de la prueba) solicitando subsidiariamente un recurso de amparo para que se me permita renovar la licencia de conducir sin presentar libre deuda de infracciones hasta tanto se ventile la cuestión de fondo? lo ven viable? alguna sugerencia?
Muchas gracias de antemano por sus opiniones!
Saludos... G.