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  • Compromiso de venta incumplido en sucesión.

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 #1055295  por abogadapato
 
Es una sucesión en Lomas de Zamora iniciada hace 6 años. Ya tuvo DDHH, la cual fue inscripta hace mucho.
El acervo era una casa, conyuge del fallecido, quien continua viviendo ahi.
Mis clientes, hijos del fallecido promovieron en su momento incidente de inventario, avaluo y particion.

Se corrió traslado y se contestó y hace dos años se hizo un acuerdo que dice:
" agosto 2010; Abierto el acto las partes de común acuerdo convienen en poner a la venta privada el único inmueble del acervo sucesorio sito en la calle xxxxx, designando martilleros xxxxxxx, con las siguientes condiciones: 1/ Las partes se comprometen a otorgar autorizaciones de venta dentro del plazo de cinco días, a partir de la firma del presente 2/ Plazo de vigencia de la autorización por el plazo de sesenta días renovable automaticamente salvo autorización por alguna de las partes 5/ Plazo a escriturar dentro de los sesenta días de dictado el auto que ordena la inscripción.La CONYUGE se compromete a obtener segundo testimonio de escritura y solicitar su inscripción. "

Mis clientes nunca cobraron nada porque no se vendió. Y aparte la CONYUGE aprovechó y sigue viviendo ahi
No tengo idea como seguir con esto. Como recomiendan proseguir ante el incumplimiento? Nuevo incidente??
 #1055296  por legalescom
 
No entiendo porqué la cónyuge firmó, tal tipo de acuerdo, salvo que hubiera contraído nuevas nupcias, dado lo dispuesto por el

Art. 3573 bis. "Si a la muerte del causante éste dejare un solo inmueble habitable como integrante del haber hereditario y que hubiera constituido el hogar conyugal, cuya estimación no sobrepasare el indicado como límite máximo a las viviendas para ser declaradas bien de familia, y concurrieren otras personas con vocación hereditaria o como legatarios, el cónyuge supérstite tendrá derecho real de habitación en forma vitalicia y gratuita. Este derecho se perderá si el cónyuge supérstite contrajere nuevas nupcias".
 #1055476  por abogadapato
 
Para aclarar:

La casa era del causante
Sucesores = segunda y última mujer, con la que tuvo 3 hijos. Mis clientes (2), hijos del primer matrimonio.

Por lo tanto:
Del porcentaje propio del causante: esposa y cinco hijos (8.33% c/uno)
Del ganancial: 25% mujer y 25% entre los hijos:
La mujer: 8,33% + 25% = 33%
Mis clientes: 13,3% cada uno.
En total, mis representados tendrían el 26,6%

Aclaro por si falta información. Mas allá de lo estipulado en el C.C., si ya firmaron el acuerdo, que puedo hacer?