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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1067731  por anita2010
 
HOLA COMO ESTAN: VINO UNA SEÑORA A CONSULTAR PORQUE LE NOTIFICARON DE ANSES EL RECHAZO DE LA PENSION DERIVADA, POR ERROR DE DOMICILIO ENTRE LOS CONYUGES, LA INICIO SOLA LA PENSION, SIN APODERADO HACE MAS DE UN AÑO. AHORA CON LA DENEGATORIA ME CONSULTA SI LA PUEDO INICIRA NUEVAMNETE.
QUE ME CONVIENE IR A LA CARSS O REINICIARLA.

GRACIAS, ANI
 #1067747  por MARIO1943
 
anita2010 escribió:HOLA COMO ESTAN: VINO UNA SEÑORA A CONSULTAR PORQUE LE NOTIFICARON DE ANSES EL RECHAZO DE LA PENSION DERIVADA, POR ERROR DE DOMICILIO ENTRE LOS CONYUGES, LA INICIO SOLA LA PENSION, SIN APODERADO HACE MAS DE UN AÑO. AHORA CON LA DENEGATORIA ME CONSULTA SI LA PUEDO INICIRA NUEVAMNETE.
QUE ME CONVIENE IR A LA CARSS O REINICIARLA.

GRACIAS, ANI
1)COMO VAS A IR A LA CARSS, SI LOS PLAZOS ESTAN VENCIDOS
2)TENES QUE INICIARLA NUEVAMENTE Y ACOMPANAR UNA NOTA EXPLICANDO LOS MOTIVOS DE LOS DISTINTOS DOMICILIOS, ACOMPANAS PRUEBAS QUE HACEN A LA CONVIVENCIA


PREV 11-26 13/03/2012

Pensiones
Diferencias con el domicilio del cónyuge / conviviente

I.- Objetivo
Establecer un procedimiento de trabajo uniforme ente las áreas operativas de esta Administración para los casos de solicitudes de Pensiones en las cuales el domicilio declarado por la viuda/ viudo o conviviente solicitante difiera con el domicilio del causante.

II.- Alcance
Desde la recepción de las solicitudes de Pensión, hasta la resolución del derecho que pudiere asistirle al cónyuge supérstite.

III.- Consideraciones Generales
A fin de resolver las solicitudes de Pensión en las cuales el domicilio declarado por la viuda/ viudo o conviviente difiera con el domicilio del causante, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones, dependiendo si la presentación del/ la solicitante se realizó dentro del año de fallecimiento o con posterioridad a éste.

Dentro del año de fallecimiento del causante
Se deberá requerir al peticionante, aclaración sobre dicha situación, presentando a tal fin una declaración jurada sobre el último domicilio conyugal/ de convivencia, no correspondiendo en
este caso solicitar verificación.

Posteriores al año de fallecimiento
Cuando se presenten solicitudes con posterioridad al plazo de prescripción anual; junto con la declaración jurada sobre el último domicilio conyugal/ de convivencia se solicitará al titular la
producción de pruebas documentales y/o testimoniales que acrediten que no se encontraba
separado.

El análisis de la documentación acompañada y/o las testimoniales propuestas para la acreditación de la relación, se encontrará a cargo del área legal de la UDAI a fin que ésta determine la acreditación de la relación y en su caso, evalúe la necesidad de solicitar verificación ambiental conforme procedimiento establecido en la PREV-11-29.

Declaración o Presunción separados de hecho
Asimismo e independientemente de la fecha de solicitud, cuando se declare a través del Formulario PS.6.9 “Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562”, o existan elementos que hagan presumir que el estado civil del solicitante sea separado de hecho, se requerirá que exponga las precisas causas de la separación, y presente pruebas que avalen sus dichos a fin de que el servicio jurídico meritúe el derecho a la prestación solicitada.
 #1067752  por anita2010
 
hola mario gracias por responder.
quizas me exprese mal, hace un año que la inicio, pero recien ayer fue notificada, o sea que todavia no estarian vencidos los plazos para ir a la carss, pero igual no sabia si podia iniciarla nuevamente.
saludos
 #1067781  por pilar77
 
anita2010 escribió:hola mario gracias por responder.
quizas me exprese mal, hace un año que la inicio, pero recien ayer fue notificada, o sea que todavia no estarian vencidos los plazos para ir a la carss, pero igual no sabia si podia iniciarla nuevamente.
saludos
Y estaban viviendo en el mismo domicilio? porque tal vez estaban separados de hecho y ella declaro que estaban juntos, habria que ver los motivos de la denegatoria para saber en detalle y si le hicieron algún ambiental.
 #1067826  por MARIO1943
 
anita2010 escribió:hola mario gracias por responder.
quizas me exprese mal, hace un año que la inicio, pero recien ayer fue notificada, o sea que todavia no estarian vencidos los plazos para ir a la carss, pero igual no sabia si podia iniciarla nuevamente.
saludos
ENTONCES SI S E NOTIFICO AYER, TIENE 10 DIAS PARA PRESENTAR REVISION EN LA UDAI CORRESPONDIENTE, ADJUNTANDO LAS PRUEBAS NECESARIAS Y LA JUSTIFICACION DE LOS DISTINTOS DOMICILIOS, SI REALMENTE HABIA CONVIVENCIA

Pruebas

Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria Judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes, o cualquier otro instrumento público de los enumerados en el artículo 979 del Código Civil) – original y copia-; o.

Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere - original y copia-; o

Declaración Jurada ante ANSES, mediante la presentación del Formulario Declaración Jurada de convivencia debidamente cumplimentado, por la que declara la convivencia en aparente matrimonio con su pareja.

En caso de matrimonio de argentino/s celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente: Partida, certificado o acta de matrimonio del país donde se celebró el mismo, traducida y legalizada o apostilla – original y copia;

Acreditación con la presentación de tres pruebas de las siguientes seis

Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos - original y copia

Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como beneficiaria/o la/el conviviente - original y copia

Documento de Identidad de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio - original y copia-. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá Documento de Identidad de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES - original y copia

OPP o CPP donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir - original y copia

Partida de Nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes. - original y copia

Una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia:

Póliza de seguro, donde surja como beneficiaria/o el/la concubina - original y copia-;

Contrato de locación familiar, debidamente sellada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio - original y copia-;

Documentos de Tarjeta de Crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma - original y copia-.

Documentación del Banco de la cuenta corriente / caja de ahorro, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta - original y copia.
Servicios públicos a nombre del/ dela conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio – original y copia-.
 #1067827  por MARIO1943
 
anita2010 escribió:hola mario gracias por responder.
quizas me exprese mal, hace un año que la inicio, pero recien ayer fue notificada, o sea que todavia no estarian vencidos los plazos para ir a la carss, pero igual no sabia si podia iniciarla nuevamente.
saludos
ENTONCES SI S E NOTIFICO AYER, TIENE 10 DIAS PARA PRESENTAR REVISION EN LA UDAI CORRESPONDIENTE, ADJUNTANDO LAS PRUEBAS NECESARIAS Y LA JUSTIFICACION DE LOS DISTINTOS DOMICILIOS, SI REALMENTE HABIA CONVIVENCIA

Pruebas

Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria Judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes, o cualquier otro instrumento público de los enumerados en el artículo 979 del Código Civil) – original y copia-; o.

Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere - original y copia-; o

Declaración Jurada ante ANSES, mediante la presentación del Formulario Declaración Jurada de convivencia debidamente cumplimentado, por la que declara la convivencia en aparente matrimonio con su pareja.

En caso de matrimonio de argentino/s celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente: Partida, certificado o acta de matrimonio del país donde se celebró el mismo, traducida y legalizada o apostilla – original y copia;

Acreditación con la presentación de tres pruebas de las siguientes seis

Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos - original y copia

Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como beneficiaria/o la/el conviviente - original y copia

Documento de Identidad de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio - original y copia-. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá Documento de Identidad de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES - original y copia

OPP o CPP donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir - original y copia

Partida de Nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes. - original y copia

Una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia:

Póliza de seguro, donde surja como beneficiaria/o el/la concubina - original y copia-;

Contrato de locación familiar, debidamente sellada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio - original y copia-;

Documentos de Tarjeta de Crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma - original y copia-.

Documentación del Banco de la cuenta corriente / caja de ahorro, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta - original y copia.
Servicios públicos a nombre del/ dela conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio – original y copia-.