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  • RESARCIMIENTO DE DAÑOS EXTRAJUDICIAL

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 #1068030  por Drafazzari
 
Hola amigos... una pequeña consulta.... estoy redactando el reclamo a la aseguradora de mi cliente, por un accidente. me las rebusque bastante para la fundamntacion de los rubros, para no tener que copair y pegar.... se me complico con el tema de daño moral, porque me quedaba redactado de manera muy similar al rubro de daño psiquico. Me resulto complicado.
Bueno mi duda es la siguiente.... como es un reclamo extrajudicial, y con fines a negociar el monto final..... en relacion a la liquidacion le puedo poner montos altos, verdad???para luego ir bajandonos en las negociaciones.... total si llegamos a ir a sede judicial ahi si que tendre que sacar numeros...

UDS QUE PIENSAN?? ESTOY EN LO CIERTO???

Gracias colegas!!!!
 #1068034  por matutemorais
 
Hola, cuando haces el reclamo no es necesario que fundamentes y detalles los rubros, queda más elegante eso si.. pero lo cierto es que en los reclamos extrajudiciales las cias no consideran esos rubros tales daño moral psiquico desvalorización privacion de uso etc... se remiten sólo a valorar el daño material del vehículo y la lesión pura, salvo casos excepcionales, con daños muy considerables donde siempre te pueden dar unos pesos más, porque tampoco son idiotas y saben que les conviene cerrarlo.

Te recomiendo que no te compliques demasiado con las explicaciones y si... pone el número que vos quieras, total es probable que no los tengan en cuenta en esta instancia.
 #1068039  por Drafazzari
 
Muchisimas gracias... En realidad no es accidente de transito, sino accidente en la via publica, por infraestructura de la empresa de energia, por ello responde su aseguradora. Osea que no interesa demaciado detalles al respecto... Buenisimo!!! porque me estaba volviendo loca!!! Por ahora, mi cliente no ha tenido contacto, yo inicie la denuncia, carta doc, etc. Y por mail me comunico con el asesor legal de la cia.

Muchas gracias!!!
Saludos