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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1068036  por nba
 
Colegas:
Estoy frente a mi primer sentencia, la cual fue totalmente favorable, pero me surgen muchísimas dudas...
El caso resuelto trata de un operario no registrado que se accidento en el trabajo y le amputaron 3 dedos.
En primera instancia me dieron por probada la relación laboral a través de testigos, le otorgo plena eficacia.
Me otorgo el porcentaje de incapacidad que yo había solicitado en el escrito de inicio, el cual fue apoyado por el perito medico.
Se condeno solidariamente a la ART y el empleador al pago de la indemnización civil.

Mis dudas principales:
Yo no tendría que apelar por que me fue favorable en todo. Pero la contraria va a apelar. eso me deja en desventaja? Siempre ay que apelar?

En cuanto a la solidaridad, mi intención es cobrar todo de la ART ya que el empleador es un taller que tiene a todo su personal en negro.

Me regularon un 16% del monto de condena en honorarios. Quiero apelarlos, porque a los abogados de la art y del empleador les dieron 13% y el impulso total del proceso lo hice yo., considero que mi trabajo vale mucho mas.
Espero opiñones, gracias
 #1068069  por Squonk
 
nba escribió: Mis dudas principales:
Yo no tendría que apelar por que me fue favorable en todo. Pero la contraria va a apelar. eso me deja en desventaja? Siempre hay que apelar?
Para apelar es necesario que exista agravio.
Si la sentencia hace lugar a tu pretensión en todas sus partes, cuál sería tu agravio?
nba escribió: Me regularon un 16% del monto de condena en honorarios. Quiero apelarlos, porque a los abogados de la art y del empleador les dieron 13% y el impulso total del proceso lo hice yo., considero que mi trabajo vale mucho mas.
Los honorarios están dentro de lo que usualmente se regulan, no creo que la Cámara los vaya a modificar
 #1068149  por nba
 
Gracias Squonk por contestarme!!!
 #1068189  por JUSTINIANA
 
-Obligaciones solidarias: puedo cobrar "el todo" a uno de los deudores, esa es la característica; es decir, podés cobrarle todo a la ART y está podrá o no-depende del caso- repetir contra el empleador.-

-Apelar: NO es una obligación; la obligación es constreñible , te pueden obligar a cumplira; es UNA CARGA: quien no la cumple-no levanta su carga- tendrá una situación desfavorable.-

-Vos no podés apelar porque no hay agravios; podrá apelar la contraria y vos contestarás los agravios.-
 #1068351  por nba
 
Justiniana, gracias por tu respuesta! es justo lo que yo quería cobrar a la ART ya que el empleador no es solvente.
Respecto de la apelación gracias por tu claridad.