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  • ¿Plazo de pago 120 días o 30?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1068621  por juanlu
 
Hola a todos. Me salió favorable en su totalidad en 1° instancia, juzgado 7, una pensión muy similar a "Pinto." En uno de los puntos, la juez falla:

Por todo lo expuesto, RESUELVO:
1) Hacer lugar a la demanda entablada por la Sra. XXXXXXXX contra la Administración Nacional de la Seguridad Social. En consecuencia, revocar la resolución administrativa y ordenar al organismo previsional que, dentro del plazo de 30 días otorgue el beneficio de pensión a la actora, con más los haberes retroactivos generados de acuerdo a lo considerado ut supra.

Me parece que la juez se equivocó, ¿no? Porque leí que una vez pasados los 120 días y ante la falta de pago de anses, se decreta que pague en 30 días, pero esto es el 1° proveído. Les pregunto porque anses apeló esto también; ya preparé mis agravios por el resto, pero esto creo que no tendrá respuesta de mi parte, salvo que alguno sepa que la juez tiene razón y pagan a los 30 días.

Ya que estoy, como nadie contestó otro mensaje que dejé, aprovecho y les pregunto si saben de algún fallo de Sala 1 que decrete la inconstitucionalidad del dec. 460/99, así lo pongo como antecedente jurisprudencial que avale mi postura.

Como siempre, agradecido de antemano con cualquier ayuda que puedan darme. Saludos.