Si el proveido de auto de apertura a prueba no indica que debe notificarse ¿pueden pedirme la nulidad de la prueba producida luego por no mandar la cédula? o el ARTICULO 135° que dice Notificación personal o por cédula me salva? Entiendo que notificación personal incluye que se notifique en el expte y si no se ordenó lo contrario no era necesaria la cédula ¿o estoy equivoca?
He aprendido que las oportunidades no se pierden nunca...las que tu dejas marchar las aprovecha otro.-