Le scomento mi gran duda. El tema es asi. Teng un vehiculo que posee dos titulares. Se incendia y la aseguradora para pagar necesita darlo de baja. Resulta que uno de los titulares esta embargado. Ahora bien manifiesto todo en el juzgado donde fue trabado el embargo, la resolucion dice que se ordene el depósito del 50% a la orden del juzgado (se refiere a la parte embargada)a efectos de dar de baja el vehículo. Se libra oficio a la aseguradora, quien ya me habia extendido certificado por los valores a abonar, y lo unico que contestan es que lo mandaron a liquidacion, le mando oficio reiteratorio y contestan lo mismo. Mi duda es le cabe multa a la aseguradora por falta de respuesta ya que no deposito o le puedo pedir astreintes? Estuve leyendo y la doctrina se refiere a astreintes por falta de cumplimiento de sentencia en contra del deudor remiso, que opinan? agradezco sus respuestas
Solicitá la aplicación de astreintes. Vas a ver si mueven el culo.
Saludos... G.

