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  • SOCORROOOOO!!!! RECLAMO A VIALIDAD NACIONAL

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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1069471  por TERE1000
 
Estimados colegas:
Quisiera me orienten para hacer un reclamo, en causa propia, ante Vialidad Nacional. En realidad la primitiva idea era hacer un amparo, pero por lo que estuve leyendo tengo que agotar la via administrativa con un reclamo ordinario.
Espero haber entendido mal, y que pueda recurrir al amparo directamente para acelerar los tràmites.
El reclamo bàsicamente estarìa apuntado a que hagan una reparaciòn inmediata en una ruta nacional (recientemente mejorada) pero a la que se le olvidaron un par de detalles y eso està provocando grandes perjuicios a un sector de la poblaciòn.
Por donde empiezo y a dònde lo inicio, ya sea reclamo administrativo o judicial??? Sobre todo si es judicial, puesto que si bien es una ruta nacional, el tramo en cuestiòn està en pcia. de Buenos Aires, por lo que de iniciar un amparo directamente, no se si ir a Capital o a la jurisdicciòn que corresponda por el tramo que nos està afectando.
Aguardo vuestros comentarios e ideas!!!
Tere
 #1069508  por Vanmer
 
Varias cosas a tener en cuenta para el caso:
Para iniciar un amparo no es necesario agotar la vía administrativa, pero vas a tener que fundar en la demanda que existe una ilegalidad o arbitrarieda manifiesta y que no hay un medio judicial más idóneo. Con relación al plazo de caducidad (de 15 días a tenor de la ley 16.986), para sortear planteos al respecto podes invocar "Tambornini" —de la Sala V CFed Adm Fed—, fallo en el que se dijo que cuando una ilegalidad continuada (como se da en el caso que contás) el plazo se reinicia permanentemente.
El reclamo previo a la demanda judicial al que te referis es el contemplado en el artículo 30 de la LNPA. Procede cuando tu pretensión no se basa en un acto administrativo, sino en un hecho u omisión (como en el caso que planteas). Eso sí, si vas por esta vía la Administración tiene 90 días hábiles administrativos para expedirse, más otros 30 que le tenés que dar exigiendole pronto despacho. Si te dictaren el acto rechazándote tu petición, tenés 90 días hábiles judiciales para iniciar la demanda.

Como verás, tenés la posiblidad de ir por las dos vías. Particularmente, si crees que podes fundar y probar la urgencia del caso, iría por el amparo. De lo contrario, reclamo previo del artículo 30 y después juicio ordinario.
 #1069520  por TERE1000
 
Gracias Vanmer!
No estaba tan desorientada! Creo que el peligro en la demora lo tengo, si no hacen algo ya, la pròxima tormenta voy a buscar mi propiedad con equipo de buzo.
Me queda saber solamente el tema del inicio. El dònde? Capital ?
Muchas gracias, nuevamente
Tere
 #1069704  por TERE1000
 
Evidentemente, por tu lenguaje, tus faltas de ortografìa y tu falta de respeto, no sos colega.

Mami, escuchame una cosa... *cafe* ¿no te convendría derivar el caso a alguien que sepa en vez de ingresar a que te hagan gratis el trabajo? :?: ¿No tenes algún abogado amigo *cumple* *cumple* *cumple* *cumple* ¿me entendes?...algun abogado amigo *cumple* *cumple* *cumple* *cumple* que te haga bien echo :x :x :x :x el trabajo? Te recomiendo que te pongas a estudiar *leo* *leo* *leo* *leo* y si estas perdida compráte un GPS y dejate de inchar las pelotas.
:mrgreen: *cafe*[/quote]