Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Un tercero alambro mi terreno.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1069831  por Alexis26
 
Buen día a todos!

Los molesto, para consultarles por un pequeño problema que me surgió.

La situación es la siguiente:
Se trata de un terreno que se encuentra en el interior por lo cual no puedo ir a visitarlo seguido.
La cuestión es que me enteré que un vecino ha alambrado mi terreno y los dos colindantes (que tampoco son de su propiedad). Esta persona siquiera lo ha desmalezado, simplemente ha alambrado toda la manzana.
Ahora bien, yo el mes que viene quiero ir con el agrimensor a delimitar bien mi terreno (porque no se encuentran separados) y también quiero desmalezarlo por lo que mi pregunta es:
Siendo yo el legítimo dueño, ¿puedo ir y cruzar el alambrado con mi agrimensor para definir cual es mi terreno, o esta persona por el solo hecho de alambrar ya tiene posesión y tengo que empezar una acción legal con un abogado?

Desde ya muchas gracias por su ayuda.

Saludos!
 #1069853  por poloz
 
La posesión es una cuestión de hecho. Por supuesto que podés ir y voltear el alambrado, y ejercer todos los actos posesorios que estimes. Al mismo tiempo preparate... porque el poseedor no titular de dominio puede ejercer de hecho la defensa de su posesión aún contra el titular dominial despojado. Por otro lado, podés iniciar acciones posesorias o petitorias con el debido patrocinio letrado. Lo bueno de ir y bajarle el alambrado es que lográs que la posesión no sea pacífica (que sea pacífica es fundamental para que te pueda prescribir el inmueble, todo es cuestión de prueba llegado el caso). Promover la acción judicial de reivindicación también hace que la posesión del otro no sea pacífica. Saludos.
 #1070206  por doctorajunior
 
como titular podes tirar el alambre y denunciar cualquier acto que realicen terceros en tu terreno, guarda las denuncias.y lo que nunca debes hacer es dejar de accionar ( consulta A UN ABOGADO) contra el que quiera poseer porque con el tiempo la ley le otorga un derecho de dueño.suerte!