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  • Divorcio o ausencia c/ presunción de fallecimiento?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1069734  por abogacia2012
 
Colgas necesito de vuestra ayuda. Es posible que tenga un divorcio. Se trata de una chica que el marido le dijo: voy a comprar leche y no volvió más, ni a su trabajo. Cm lo hago? unipersonal art. 214 inc 2 y con el domicilio que aparacere en la cámara electoral? o hay que tramitar primero la ausencia con presunción de fallecimiento?. Esta chica me dijo que me iba a llamar. Muchas gracias!
 #1069760  por Tiburcio
 
Podés decir que no conoce el domicilio actual. Según la provincia en la que estés te pedirán o no acreditarlo librando oficios.
Luego ordenarán la citación por edictos y luego designarán para representarlo al defensor oficial.
La ausencia con PDF no parece necesaria, a menos que quiera heredarlo.
 #1069792  por abogacia2012
 
Muchísimas gracias Tiburcio. Ok, en la Cámara Electoral figura un domicilio, pido notificar ahí. La cuestión es que cm no vive ahí y no lo conocen o llegaran a decir que no vive ahí, no la van a dejar pegada la cédula en la puerta correspondiente (correcto?). Por ende no voy a poder notificar bajo responsabilidad de la parte actora... Y entonces luego pido se libren edictos?, nunca me pasó y no sé como se hace o directamente pido se libren edictos?.
Los oficios de los que me hablas donde los enviarías?, al banco central por ejemplo? para que indique si tiene cuenta y su domicilio?.
Cuales son los pasos a seguir?. Gracias Slds.
 #1069985  por buenosairesfamilia
 
Hace la demanda contra el domicilio que le figura en la camara nacional electoral. Notificalo bajo responsabilidad (dependiendo del criterio del juez puede que te pidan previamente oficio a la CNE). Declaralo rebelde y anda directo a la sentencia sin escalas. Con demanda sin notificar y testigos basta y sobra para el dictado de la sentencia.
 #1069987  por buenosairesfamilia
 
buenosairesfamilia escribió:Hace la demanda contra el domicilio que le figura en la camara nacional electoral. Notificalo bajo responsabilidad (dependiendo del criterio del juez puede que te pidan previamente oficio a la CNE). Declaralo rebelde y anda directo a la sentencia sin escalas. Con demanda sin notificar y testigos basta y sobra para el dictado de la sentencia.
Nota: es demanda sin contestar. Tipie notificar por error.

Respecto de la notificacion bajo responsabilidad: por mas que digan que no vive ahi le van a dejar la cedula igual.
 #1070013  por abogacia2012
 
Buenosairesfamilia, gracias.
Soy nueva en la profesión y quisiera saber si pido medida preliminar (oficio a la Cámara electoral) para que indiquen cual es el domicilio y según lo que informen luego hacer el traslado de la demanda. Ofrezco testigos por las dudas entonces?. Slds.
 #1070029  por buenosairesfamilia
 
Te recomiendo que como prueba hagas documental (si tenes) + confesional + testigos (ofrece entre 2 y 5, pero con que declaren 2 basta y sobra). Usa por domicilio el que sabes que está en la CNE.

La primer cédula va a venir rebotada, ahi pedi que se libre cédula bajo responsabilidad de la actora, si tenes fotocopia de DNI en donde figure ese domicilio acompañala en ese momento.

En el peor de los casos te van a pedir que acredites que vive ahi (dependiendo del criterio del juzgado). En ese caso pedi en ese momento oficio a la CNE. Cuando contesta pedis denuevo la cedula bajo responsabilidad al domicilio informado por la CNE.

Una vez que te dan la primer cedula bajo responsabilidad, de ahi en mas cada vez que tenes que notificar pedi cedula bajo responsabilidad citando la foja donde esta lo informado por el oficial notificador (y la foja en donde contesto la CNE si es que tuviste que mandar oficio).