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  • prorroga de locacion de inmueble

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 #1070085  por botgar
 
Mi cliente firmo una prorroga de su contrato de alquiler ppr un plazo de 9 meses (hasta mayo)y decidió devolver el depto. antes de dicho de plazo (en diciembre ) . Mi duda es la siguiente : puede hacer esto tratandose de una prorroga y no de un contrato nuevo ? O la inmobiliaria le puede exigir el pago de todos los meses ?
 #1070558  por Montevideo
 
Mirá, para mi la prórroga de una locación inmueble destino vivienda en realidad "no existe".

En el actual Cód.civil no se admite la "tácita reconducción". Para que valga la prórroga "mes a mes", deberá abonarse cada mes. La Ley 23091 se limita a dar plazo mínimo de locación según sea vivienda o comercio.

Art.1622. Si terminado el contrato, el locatario permanece en el uso y goce de la cosa arrendada, no se juzgará que hay tácita reconducción, sino la continuación de la locación concluida, y bajo sus mismos términos, hasta que el locador pida la devolución de la cosa; y podrá pedirla en cualquier tiempo, sea cual fuere el que el arrendatario hubiese continuado en el uso y goce de la cosa.

EN DEFINITIVA, la inmobiliaria no puede pedirle que pague todos los meses restantes de esos 9 meses prorrogados.

Es mi criterio, salvo que otro colega opine y argumente distinto.
Saludos.
 #1070583  por reyleon
 
Mi criterio respecto de la prórroga de la locación es que, más allá de lo que diga el CC, por haber una ley específica (pero que nada dice a ese respecto), a ese respecto prevalece la autonomía de la voluntad. Y si el locatario se comprometió a pagar esos 9 meses más allá de que los ocupe o no, debe pagarlos. O sea, todo en función de lo convenido.

Saludos... G.