Buenos días colegas, tengo un trabajador bajo convenio uocra que sufrió accidente laboral, le dieron licencia por dos días, y al tercero lo despiden sin causa. Niegan el accidente y la art tampoco se quiere hacer cargo, si bien nunca lo revisó médico alguno de la misma. Le hicieron la liquidación final donde faltaría el pago del premio, y le entregaron la libreta de cese, los certif de trabajo y liberaron el fondo. La consulta es la siguiente: se que no se aplica la LCT pero quiero saber si EXISTE ALGUNA POSIBILIDAD de reclamar indemnización por despido injustificado ya que el accidente laboral existió y tiene graves lesiones oculares. Además tengo pensado hacer los reclamos correspondientes ante la ART y la Superintendencia. Esto ocurre en Cba. Es mi primer caso laboral y no me queda claro lo anterior por eso consulto. Muchas gracias a quienes puedan "desaznarme".
En Construcción la indemnización por despido estaría cubierta o reemplazada por la libreta de fondo de cese laboral (en donde el empleador va depositando mensualmente un porcentaje del sueldo que el trabajador puede cobrar una vez finalizada la relación laboral, cualquiera sea la causal de la resoución). Eso es lo que se entiende y es dificil obtener una sentencia contrariando ello. La única forma que veo para reclamar una indemnización identica a la LCT, sería analizando si los fondos recibidos por la Libreta son muy menores a una indemnización eventual que podría recibirse por la LCT, en tal caso, podría solicitarse la inconstitucionalidad de la 22250 por violación al derecho a la igualdad, etc. Igual es medio dificil que te den la inconstitucionalidad.-
Con respecto al accidente, si el daño es grave te recomiendo que escojas la vía judicial directamente (sin pasar por las comisiones médicas) para solicitar la reparación integral del daño. Saludos