Hola a todos:
Estoy intentando finalizar un intercambio telegráfico y tengo un par de problemas: se trata de dos relaciones laborales en negro que se desarrollaron dentro de un shopping.
Primer problema: domicilio.
a) Los primeros telegramas los mande al domicilio social de la empresa que factura en el local donde trabajaban mis clientas (que no es el mismo domicilio que el del shopping). Todos volvieron con cerrado/se dejo aviso de visita.
b) Luego, me di cuenta que estaba metiendo la pata (porque pense que el domicilio social y el de trabajo eran los mismos - si me confundí mal -) y mandé otra tanda de telegramas al domicilio del trabajo de las trabajadoras (el local del shopping). Estos telegramas tambien volvieron con el aviso de cerrado/se dejo aviso.
c) Luego me di cuenta que en el cuerpo del telegrama les puse como domicilio de trabajo el de la sede social. Para arreglar esto en las ultimas tandas de telegramas que mande y que mencione en el punto b) aclare que el domicilio de trabajo era el del local del shopping.
Tengo que considerarlas despediadas en algun momento, y no quiero pifiarla. las alternativas que se me ocurren son:
a) Le mando el telegrama de despido indirecto a los dos domicilios (tanto el de la sede social como el del local).
b) Mando el telegrama de despido al domicilio de trabajo (el local del shopping).
La opcion a) me parece un pòco exagerada, pero ya a esta altura no lo sé.
La b) me parece plausible porque es el domicilio de trabajo y ya.
Segundo problema: plazo para considerarlas despedidas.
Son dos relaciones laborales completamente en negro. Intimo a regularizar por 30 días s/ LNE. NO intime a que en 48 hs. se pronuncien a manifestar si van a registrar o no.
Con el silencio que han mantenido hasta ahora, entiendo que lo recomendable sería esperar los 30 días de la intimación y ahí considerarlas despedidas por TODO (24.013, diferencias salariales, etc) ¿cómo lo ven? ¿estoy muy errada?
Tercer problema:
Audiencia SECLO: como no había respuesta alguna por parte de los empleadores, pedi un seclo por diferencias salariales a ver si se movia el avispero. Recien llamo a la conciliadora y me dijo que quedaron todos notificados.
La idea es, si no aparecen aca, hacer solo la audiencia por diferencias salariales y despues sacar otra audiencia por despido, cuando las considere despedidas.
¿lo han hecho de esta forma alguna vez?
Desde mi desesperación, les agradezco, desde ya, las opinioes.
Bita.
Estoy intentando finalizar un intercambio telegráfico y tengo un par de problemas: se trata de dos relaciones laborales en negro que se desarrollaron dentro de un shopping.
Primer problema: domicilio.
a) Los primeros telegramas los mande al domicilio social de la empresa que factura en el local donde trabajaban mis clientas (que no es el mismo domicilio que el del shopping). Todos volvieron con cerrado/se dejo aviso de visita.
b) Luego, me di cuenta que estaba metiendo la pata (porque pense que el domicilio social y el de trabajo eran los mismos - si me confundí mal -) y mandé otra tanda de telegramas al domicilio del trabajo de las trabajadoras (el local del shopping). Estos telegramas tambien volvieron con el aviso de cerrado/se dejo aviso.
c) Luego me di cuenta que en el cuerpo del telegrama les puse como domicilio de trabajo el de la sede social. Para arreglar esto en las ultimas tandas de telegramas que mande y que mencione en el punto b) aclare que el domicilio de trabajo era el del local del shopping.
Tengo que considerarlas despediadas en algun momento, y no quiero pifiarla. las alternativas que se me ocurren son:
a) Le mando el telegrama de despido indirecto a los dos domicilios (tanto el de la sede social como el del local).
b) Mando el telegrama de despido al domicilio de trabajo (el local del shopping).
La opcion a) me parece un pòco exagerada, pero ya a esta altura no lo sé.
La b) me parece plausible porque es el domicilio de trabajo y ya.
Segundo problema: plazo para considerarlas despedidas.
Son dos relaciones laborales completamente en negro. Intimo a regularizar por 30 días s/ LNE. NO intime a que en 48 hs. se pronuncien a manifestar si van a registrar o no.
Con el silencio que han mantenido hasta ahora, entiendo que lo recomendable sería esperar los 30 días de la intimación y ahí considerarlas despedidas por TODO (24.013, diferencias salariales, etc) ¿cómo lo ven? ¿estoy muy errada?
Tercer problema:
Audiencia SECLO: como no había respuesta alguna por parte de los empleadores, pedi un seclo por diferencias salariales a ver si se movia el avispero. Recien llamo a la conciliadora y me dijo que quedaron todos notificados.
La idea es, si no aparecen aca, hacer solo la audiencia por diferencias salariales y despues sacar otra audiencia por despido, cuando las considere despedidas.
¿lo han hecho de esta forma alguna vez?
Desde mi desesperación, les agradezco, desde ya, las opinioes.
Bita.