Buenos días, quería consultar acerca del certificado de convivencia, no me queda claro si el mismo solo es útil para acceder a los beneficios de la obra social o tiene algún otro tipo de legitimidad. Estoy de "novia" hace 8 años y hace dos que convivo, no nos podemos casar porque mi pareja aún no esta definitivamente divorciado (la ex no se lo da de común acuerdo). Mis consultas concretamente son:
1. Este certificado habilita a decidir por el otro en caso de que alguno de los dos no pueda hacerlo por sus propios medios (enfermedad, accidente, etc)?
2. Trabajamos en el mismo ámbito, si por motivos laborales a alguno de los dos le sale el pase a otro lugar fuera de Buenos Aires (interior del país o exterior)se puede pedir el traslado al mismo lugar en carácter de concubinos? (beneficio que automáticamente le corresponde a los casados)
3. Este certificado tiene algún tipo de vencimiento? es necesario renovarlo con cada cambio de domicilio?.
Desde ya muchas gracias por su tiempo y respuestas.
1. Este certificado habilita a decidir por el otro en caso de que alguno de los dos no pueda hacerlo por sus propios medios (enfermedad, accidente, etc)?
2. Trabajamos en el mismo ámbito, si por motivos laborales a alguno de los dos le sale el pase a otro lugar fuera de Buenos Aires (interior del país o exterior)se puede pedir el traslado al mismo lugar en carácter de concubinos? (beneficio que automáticamente le corresponde a los casados)
3. Este certificado tiene algún tipo de vencimiento? es necesario renovarlo con cada cambio de domicilio?.
Desde ya muchas gracias por su tiempo y respuestas.