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 #1072549  por MARIEL1980
 
Hola,

Quiero perseguir una estafa por la vía civil (obtener el cobro de pesos). Tengo las siguientes dudas:
1) Debo necesariamente iniciar la denuncia en sede penal? O puedo ir únicamente por la vía civil?
2) El hecho ilícito se concreto en CABA (donde se realizaron las transferencias bancarias de sumas de dinero, en concepto de un trabajo que no se realizo ante AFIP. La sede de AFIP y el domicilio del actor también se encuentran en CABA). No obstante, el domicilio del demandado es en Pcia.
Sobre la base del art. 5.4 CPCCN, siendo que el ilícito tuvo lugar en CABA, puedo traer la jurisdicción allí?

Agradecería su orientación ya que no tengo experiencia en cuestiones penales. Cualquier info adicional, será de gran utilidad.
 #1072560  por Martinfiberman
 
Para ir por la via penal, es el lugar donde se comete el delito. Si hablamos de estafa, debe haber causa penal por ese delito, sino seria otra figura legal, pero no estafa conforme c.p.
 #1072576  por MARIEL1980
 
ok, gracias. No puedo ir entonces por la vía civil únicamente?
 #1072799  por Martinfiberman
 
Hola como estas? El delito penal de estafas, figura en el titulo IV del codigo penal, bajo el titulo de "estafas y otras defraudaciones" art 172 CP, y Siguientes, solo procura castigar el delito. No se cual seria la acción especifica en el fuero Civil, imagino que daños. Escribime por privado si queres y vemos especificamente tu tema.