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 #1071514  por Nanovich
 
Estimados, cerré un juicio de daños con la Meridional, por el que uno de mis clientes va a cobrar un cheque por mas de 70.000 pesos, con cláusula no a la orden. El problema es que este cliente no posee cuenta bancaria, y que acorde circular del central no se podría cobrar por ventanilla.
Esto es así? Han tenido este tipo de inconvenientes? Cómo lo han solucionado?
El tema es que esta persona realmente no tiene medios, es desocupado y monotributista con una deuda bastante grande al monotributo. O sea, financieramente inviable para abrir una cuenta, por lo que quería saber si alguno sabía si en el ICBC eran estrictos con no pagar estos montos.

Saludos

Nanovich
 #1071520  por clarens
 
Nanovich escribió:Estimados, cerré un juicio de daños con la Meridional, por el que uno de mis clientes va a cobrar un cheque por mas de 70.000 pesos, con cláusula no a la orden. El problema es que este cliente no posee cuenta bancaria, y que acorde circular del central no se podría cobrar por ventanilla.
Esto es así? Han tenido este tipo de inconvenientes? Cómo lo han solucionado?
El tema es que esta persona realmente no tiene medios, es desocupado y monotributista con una deuda bastante grande al monotributo. O sea, financieramente inviable para abrir una cuenta, por lo que quería saber si alguno sabía si en el ICBC eran estrictos con no pagar estos montos.

Saludos

Nanovich
Hola. Me pasó bastante seguido, y le busqué la siguiente solución. Le extendí un certificado con membrete de la Cía, donde constaba que el cheque que recibía era con motivo de la indemnización por un accidente de tránsito (le consignaba el N° de cheque y el monto).
Muchos bancos le exigían que fuese cliente, como mínimo, 6 meses para poder depositar el cheque. Sé que algunos bancos han bajado sus pretensiones, es cuestión de consultar banco por banco. Habían llegado a mis oídos que el Banco San Juan era muy accesible sobre el particular, pero no sé si en el lugar donde estás exista una sucursal de dicha entidad. En raras ocasiones, tenía que adjuntar copia del poder que me había dado la Cía.
Con el cheque y con el certificado que les extendía a los terceros reclamantes, les alcanzaba para abrir una cuenta y cobrar el cheque. Saludos.
 #1073638  por Nanovich
 
Nueva consulta sobre el asunto... este monto estaría exento de ingresos brutos no? Saben si hay que presentar algo en el banco para que jodan con esto?
Gracias


MFL
 #1075459  por clarens
 
Nanovich escribió:Nueva consulta sobre el asunto... este monto estaría exento de ingresos brutos no? Saben si hay que presentar algo en el banco para que jodan con esto?
Gracias


MFL

Estimado Nanovich. No tendrían que cobrar el impuesto. Hay que aclarar que corresponde a indemnización por accidente de tránsito y citarlo como exención (art. 20, ley impuesto a las ganancias). Saludos.