...la clasica notificacion del oficial dejando la cedula bajo puerta, para el supuesto de persona fallecida unica habitante del inmueble... se impugna por redargución de falsedad??
entiendo que denunciaría el fallecimiento en el expte
Art. 43. - Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuestos en el artículo 53, inciso 5.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm

