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  • RECONOCIMIENTO HIJO EXTRAMATRIMONIAL !!! AYUDA

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1074096  por AAV
 
Estimados colegas, les consulto un tema que me llegó a ver si me pueden orientar, ya que litigo en capital y no estoy muy canchera con temas de familia y en Provincia de Bs.as
Cliente, mayor de edad tuvo un hijo extramatrimonial (actualmente el menor tiene 11 años), siempre tuvo trato con él pero no esta reconocido.
Ahora bien, mi cliente quiere reconocerlo y ya acordó con la madre de llevarselo a vivir con él, y obviamente con un régimen de visitas para la madre.-
Quieren hacer un acuerdo de partes en donde conste el tema de la tenencia y las visitas, y que la madre se abstiene de reclamar cualquier tipo de dinero por alimentos o daños. (por el reconocimiento tardío). Ambos progenitores estarían de acuerdo.
El problema que se me presenta es que yo pensaba que podían ir los dos al Registro Civil (Partido de Avellaneda) y mi cliente hacer el reconocimiento..... Pero me dijeron dos colegas que esto no es así. Que hay que iniciar un expediente judicial,para el reconocimiento y por código de materia categorizada .... Esto es así!!!!!!!!!!!(??????? a qué llaman en provincia materia categorizada.????
AYUDAAAAAAAAAA POR FAVOR
 #1074264  por Tiburcio
 
Tal cual.
 #1074346  por ricarditoXXI
 
Si bien es cierto lo opinado por los colegas, en el sentido de que es legalmente suficiente que concurra al Registro Civil el padre reconociente con la documentación que corresponde, es bastante probable que la autoridad del Registro pida también la concurrencia de la madre (tanto como para aventar la posibilidad de que el acto se realice sin su conocimiento). No lo exige la Ley pero ocurre (me ha sucedido en el caso de unos consultantes).