Hola a todos. Tengo una consulta personal. Soy abogado, tengo 22 años, y me matricule hace un par de meses. Como verán no tengo mucha experiencia en la profesión , así que agradecería y valoraría mucho su interés y opinión en el tema.
Les cuento, desde abril estuve trabajando en un estudio jurídico haciendo generalmente procuración. Cuando me matricule en el mes de Julio, el abogado del estudio expidió varias cartas poder donde me incluía como apoderado junto con él y otros dos colegas, ninguna de las causas se ha iniciado aún. Hace un par de días renuncié a ese estudio, y mi pregunta es:
¿Si por estar incluido en esas cartas poder tengo algún tipo de responsabilidad profesional cualquiera sea el resultado de la causa una vez iniciada?
Aclaraciones: *Las causas no se iniciaron aún. *No firme ni selle ninguna demanda o escrito. *El trámite de otorgamiento de carta poder en mi provincia (Entre Ríos) es el siguiente: se puede redactar incluyendo solamente los nombres de los abogados, no se requieren ningún otro dato, luego se lleva a un juzgado para que el cliente certifique su firma frente al secretario del mismo. Solo eso. Así fueron realizadas las misma a las cuales me estoy refiriendo y me preocupan.
Bueno desde ya muchísimas gracias por su tiempo. Tal vez, no sea un tema muy complicado, así que perdonen mi ignorancia, la verdad soy joven sin casi nada de experiencia y no tengo un profesional cerca que me pueda dar una respuesta. Nuevamente, muchas gracias.
Les cuento, desde abril estuve trabajando en un estudio jurídico haciendo generalmente procuración. Cuando me matricule en el mes de Julio, el abogado del estudio expidió varias cartas poder donde me incluía como apoderado junto con él y otros dos colegas, ninguna de las causas se ha iniciado aún. Hace un par de días renuncié a ese estudio, y mi pregunta es:
¿Si por estar incluido en esas cartas poder tengo algún tipo de responsabilidad profesional cualquiera sea el resultado de la causa una vez iniciada?
Aclaraciones: *Las causas no se iniciaron aún. *No firme ni selle ninguna demanda o escrito. *El trámite de otorgamiento de carta poder en mi provincia (Entre Ríos) es el siguiente: se puede redactar incluyendo solamente los nombres de los abogados, no se requieren ningún otro dato, luego se lleva a un juzgado para que el cliente certifique su firma frente al secretario del mismo. Solo eso. Así fueron realizadas las misma a las cuales me estoy refiriendo y me preocupan.
Bueno desde ya muchísimas gracias por su tiempo. Tal vez, no sea un tema muy complicado, así que perdonen mi ignorancia, la verdad soy joven sin casi nada de experiencia y no tengo un profesional cerca que me pueda dar una respuesta. Nuevamente, muchas gracias.