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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1075148  por alejandra01
 
Hola chicos. Tengo una duda con una pensión. Necesito cubrir los 15 años, y me faltan 8 meses porque anses ni trabajó mi expediente.
Presenté recibos y me contestó que no correspondía el inicio bajo insistencia.
Tengo 8 meses en una empresa.
En la otra, aportes desde el 10/82 al 12/97...solo que no se si debo considerar todo el período o debo aplicar la 524 por tramo
tengo aportados por ejemplo todo el 82 al 94, y me falta aporte en sijp en el período 7/94 a 7/95 pero aparece el resto del año 95 y todo el 96 y 97-
no me dan la certificación de servicios porque estuvo en quiebra (aunque funciona actualmente) y no encuentran los registros...
como tomo el período trabajado en total?...ya me mareó esto..
solo encontré los recibos de 4 meses del 94 y 3 del 95 que no están en sijp...
me tomaran todo el período desde el 82 hasta el 97 solo con lo que tengo en sijp y recibos acompañados??? o solo me tomarán los meses que no están en sijp pero que agrego el recibo de sueldo???.
 #1075208  por soloiure
 
Ale, la moratoria se aplica por tramos. Para Servicios comunes desde 01/01/78 al 30/06/94 sin presentar certificación, si tenes en SIJyP un 35% de los servicios que declaras por cada empleador, te dan por acreditado todo el periodo de ese empleador.
Y para los servicios comunes posteriores al 01/07/94 si no presentas certificación te toman únicamente lo que arroje el SIJyP, y si de allí no surgen todos los períodos que denuncias como trabajados, se evalúa la prueba que puedas aportar sobre dichos períodos cuestionados. Suerte! Saludos
 #1075331  por alejandra01
 
ay sí...pensé que como es una sola empresa, podrían tomarme todo el período hasta el 97 de corrido..veo que no..
voy a tener que iniciar de nuevo con moratoria porque así, si no me dan por válidos los 7 meses de los cuales solo acompaño recibos de sueldo, no llego a los 15.
gracias.
soloiure escribió:Ale, la moratoria se aplica por tramos. Para Servicios comunes desde 01/01/78 al 30/06/94 sin presentar certificación, si tenes en SIJyP un 35% de los servicios que declaras por cada empleador, te dan por acreditado todo el periodo de ese empleador.
Y para los servicios comunes posteriores al 01/07/94 si no presentas certificación te toman únicamente lo que arroje el SIJyP, y si de allí no surgen todos los períodos que denuncias como trabajados, se evalúa la prueba que puedas aportar sobre dichos períodos cuestionados. Suerte! Saludos
 #1075412  por Emma2011
 
alejandra01 escribió:ay sí...pensé que como es una sola empresa, podrían tomarme todo el período hasta el 97 de corrido..veo que no..
voy a tener que iniciar de nuevo con moratoria porque así, si no me dan por válidos los 7 meses de los cuales solo acompaño recibos de sueldo, no llego a los 15.
gracias.
soloiure escribió:Ale, la moratoria se aplica por tramos. Para Servicios comunes desde 01/01/78 al 30/06/94 sin presentar certificación, si tenes en SIJyP un 35% de los servicios que declaras por cada empleador, te dan por acreditado todo el periodo de ese empleador.
Y para los servicios comunes posteriores al 01/07/94 si no presentas certificación te toman únicamente lo que arroje el SIJyP, y si de allí no surgen todos los períodos que denuncias como trabajados, se evalúa la prueba que puedas aportar sobre dichos períodos cuestionados. Suerte! Saludos
En casos similares que he tenido han actuado como describe soloiure, probatoria por tramos, si podes comprar los 7 meses que tenes en duda yo ni lo pensaria...
 #1075426  por alejandra01
 
gracias Emma..es lo que voy a hacer..
el empleador no tiene las constancias para hacerme la certificación de servicios. Tuvieron problemas con la quiebra y solo me ofrece una constancia firmada..pero eso es poco. Ya sabemos como es anses...y litigar 5 años para que después me diga anses que no llego a los 15 años, sería mortal.
Emma2011 escribió:
alejandra01 escribió:ay sí...pensé que como es una sola empresa, podrían tomarme todo el período hasta el 97 de corrido..veo que no..
voy a tener que iniciar de nuevo con moratoria porque así, si no me dan por válidos los 7 meses de los cuales solo acompaño recibos de sueldo, no llego a los 15. Voy a comprar moratoria..
gracias.
soloiure escribió:Ale, la moratoria se aplica por tramos. Para Servicios comunes desde 01/01/78 al 30/06/94 sin presentar certificación, si tenes en SIJyP un 35% de los servicios que declaras por cada empleador, te dan por acreditado todo el periodo de ese empleador.
Y para los servicios comunes posteriores al 01/07/94 si no presentas certificación te toman únicamente lo que arroje el SIJyP, y si de allí no surgen todos los períodos que denuncias como trabajados, se evalúa la prueba que puedas aportar sobre dichos períodos cuestionados. Suerte! Saludos
En casos similares que he tenido han actuado como describe soloiure, probatoria por tramos, si podes comprar los 7 meses que tenes en duda yo ni lo pensaria...