Buenas tardes, tengo en Capital Federal, un daños muy viejo donde se abono la indemnizacion hace 15 años.En ese entonces el dinero se coloco en un plazo fijo en dolares, el que se mantiene.Los herederos han alcanzado ya la mayoria de edad y quieren retirarlo en su moneda de origen.Obviamente por mas que quieran hacen una tranferencia bancaria, es imposible por que estamos hablando de moneda extranjera.Lo hable en el juz y me sacaron volando, cosa que en provincia de Bs As es viable.Alguien tiene algun dato para argumentarlo.Muchas gracias.
