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  • Tengo trabado el Lanzamiento por los honorarios. AYUDA!!!

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 #1076078  por sofia2009
 
Hola a todos, necesito ayuda.
Juicio de desalojo por vto de contrato en Prov. de Bs. as., voy por la actora:

- Salió la sentencia ordenando el desalojo y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.
- Yo apelé los honorarios por bajos y fundamenté.
- La demandada apeló la sentencia y también los honorarios por altos.
- La Cámara confirma el desalojo por no presentar la demandada la expresión de agravios y en cuanto los honorarios dice que los va a tratar una vez que se hayan sustanciado los fundamentos.
- El expediente vuelve al juzgado de origen y sale el proveído que dice "de los fundamentos expuestos a fs ... traslado a las partes por 5 días".
- Yo ya notifiqué a las partes (pasaron los 5 días y no contestaron nada).
- Inmediatamente (una vez que pasaron esos 5 días), presenté un escrito solicitando se libre mandamiento de lanzamiento y el juzgado sacó el siguiente proveído "Atento al estado de autos (véase fs 246 acá es donde me ordenan el traslado de los fundamentos, téngase presente lo solicitado para su oportunidad (art. 21 de la ley 6716)".

Que es lo que tengo que hacer para lograr que me ordenen el lanzamiento?
Evidentemente el tema honorarios no lo manejo bien.

Espero ayuda. Gracias. *abrazo* *abrazo* *abrazo*
 #1076138  por SILVESTRE
 
el problema son las cargas legales, me refiero a los aportes y a los IIBB que sino estan pagos no van a ordenar el lanzamiento.-
ahora bien, en tu caso, al tener la regulacion recurrida, la unica chance es desistir o esperar a la resolucion que en el caso para avanzar tenes que pedir que se eleve el expte a camara.-
saludos!
 #1076171  por sofia2009
 
Gracias SILVESTRE por contestar.

Cuando decis "desistir", estás hablando de desistir del recurso, no? porque si el obstáculo para ordenarme el lanzamiento son los honorarios recurridos, yo había pensado en desistir del recurso de apelación (ya que esos honorarios seguramente serán incobrables).
- Eso destrabaría la situación y ordenarían el lanzamiento?
- El desistimiento me generará costas?
- Tengo que abonar de aportes mi 10 % + el 10 % que le corresponde abonar al demandado condenado en costas (aunque en realidad yo no haya percibido dichos honorarios)?
-Por favor abuso de tu buena predisposición para que me aclares un poco mas la situación.

*abrazo* *abrazo* *abrazo*
 #1076322  por SILVESTRE
 
Que tal? si efectivamente cuando hablo de desisitir me refiero al recurso, en cuanto a los aportes es como decis y los ingresos brutos es el 3,5% de la regulacion.-
cobrale a tu cliente que es el resulta beneficiado con el trabajo, esto es absolutamente legal y esta en la ley de honorarios y en el codigo civil.-
Entonces podes en un solo escrito desitir de la apelacion y acompañar los comprobantes de pago de las cargas (aportes e IIBB) y con ello pedis el mandamiento de lanzamiento.-
saludos!
consejo: insisto: cobrale a tu cliente!!!! no pongas plata de tu bolsillo!