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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1077860  por COMMONLAW
 
BUENAS TARDES COLEGAS:
TENGO QUE NOTIFICAR A LA CONTRARIA DE UN TELEGRAMA LABORAL, ES POR UN SERVICIO DOMESTICO.-
YA ENVIAMOS DOS TELEGRAMAS Y LOS DOS NOS FIGURA : CERRADO CON AVISO, Y EN LOS DOS SE LES VENCIO EL PLAZO PARA RECLAMAR , POR LO QUE MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:
SE CONCIDERA NOTIFICADA CUANDO ES CON AVISO?
INICIO LA DEMANDA? GRACIAS
 #1077875  por Martincho7
 
En la medida que los empleadores vivan allí (revisa todos los datos!!!), estarían bien notificados, ya que el empleador esta obligado a recibir las comunicaciones en el lugar de trabajo. Cerrado con aviso de visita, significa que el cartero encontró el domicilio cerrado y dejo un aviso de visita y vuelve al día siguiente. Después del segundo cerrado con aviso de visita, durante 48 horas podrían retirarlo de la sucursal del correo para contestarte, sino te vuelve en sobre a vos. Dependiendo de lo que hayas escrito en los Telegramas (supongo que estarán bien), podes perfectamente iniciar. Saludos, Martin
 #1077979  por infolegal
 
Buen día colegas, aprovecho éste post abierto para preguntar algo relacionado, estoy terminando una demanda en la que vamos contra dos empresas que serian solidariamente responsables por el despido del trabajador, también demandamos al presidente de las sociedades, mi duda es donde notifico a éste señor y al resto de los directores de las empresas?, ambas funcionaban en el mismo domicilio, quizas sea una tontera la pregunta pero si alguien con experiencia en laboral me puede ayudar me seria de gran utilidad ya que es mi primer caso laboral.
Los telegramas laborales fueron enviados y contestados desde el domicilio laboral. Esto es pcia de bs as. Algunos de los socios ya no pertenecen mas a las sociedades pero al tiempo en que se hizo la maniobra fraudulenta si integraban las sociedades. Por eso mi duda en cuanto a las notificaciones.
Gracias.
 #1077987  por Martincho7
 
A las sociedades en el domicilio inscripto en IGJ o Registro, a las personas al domicilio real oficiando a Renaper y Camara ELectoral. Saludos,