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  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1070356  por Denny_Crane
 
Hola foristas, un cliente vino a plantearme que x donde vive, la calle es de mejorado de piedras, y hace un mes, comenzaron a pavimentar. El tema es que lo llamaron del municipio y le dijeron que su deuda x la obra era de $ 55.000 ......pues tiene su casa y un terreno valdío al lado, también de su propiedad. El tipo casi se infarta!!!
No hubo licitación, ni consultas ni avisos de NINGUN tipo.
Es correcto que pueda hacerse de ese modo ? Que hago?!
Gracias a todos....y todas. :mrgreen:
 #1070454  por doctoreduardo
 
Estimado, busque si hay alguna Ordenanza respecto a la ejecución de obras públicas, puede ser que exista alguna normativa que distribuya el gasto de determinadas obras entre los vecinos beneficiados, aunque siempre se procura el consentimiento previo.

Las obras públicas pueden ser: Provinciales o nacionales (Generalmente sin cargo para el vecino), mediante "Contribución de Obra" de los vecinos beneficiados, con recursos de algún Fondo Permanente para Obras de Infraestructura que eventualmente se crea por esta u otra Ordenanza, con fondo de financiamiento privado obtenido a través de aportes de garantías municipales tales como: Coparticipación Provincial de Impuestos, Fondos Fiduciarios Municipales y/o similares, etc
En la mayoría de los casos en que se resuelva ejecutar obras con algún tipo de financiación, se debe exigir de los vecinos el pago anticipado de la contribución.
Puede suceder que se opongan más del cincuenta por ciento (50%) de los vecinos beneficiados, en ese caso se debería desistir de la ejecución.

Las variantes pueden ser muchas, incluso alguien que quiera estafar a los vecinos.

Yo empezaría por las Ordenanzas.

Suerte
 #1078374  por carmela17
 
Colega: el municipio, si pretende cobrar la mejora, debe haber abierto en forma previa a la ejecucion de la obra un registro de oposición. Como dijo un colega, si no se opuso a la realizacion de la obra el 50% de los frentistas, el contribuyente debe abonar segun los metros lineales de pavimento. la unica manera de saber esto es leer las ordenanzas municipales. Saludos