Estimados tengo una duda. un cliente celebro cto. de alquiler al cual le restan 12 meses de vigencia y no puede mudarse en este momento.
Durante la vigencia del cto. mi cliente tuvo diversos problemas , debido a que el inmueble se encuentra en malas condiciones generales.
Haces unos meses se rompió un caño del pasillo, que fue reparado por la seudo administracion del lugar, no hay consorcio establecido) a raiz de esa rotura se arruino la pintura del departamento en una superficie importante del inmueble.
Por otro lado, el 8/12 mi cliente avisa en la inmobiliaria de otra rotura de un caño, esta vez en el baño que inundaba el mismo. Ante el silencio guardado por la inmobiliaria, le recomendé que envie CD intimando a la inmobiliaria a la reparacion, bajo apercibimiento de realizar la reparacion el locatario y retener las sumas erogadas por el mismo, se envio el 23/12. El 26/12 se presento la propietaria y se reparo la rotura. En ese acto el locatario le propuso un plan para pintar el dpto., ella quedo en contestarle...
Mi pregunta es ¿ de no arribar a un acuerdo las partes en cuanto a la pintura del inmueble, debería seguir pagando el alquiler en la inmobiliaria el locatario o conviene realizar la consignación judicial de las sumas del alquiler hasta que se dirima la cuestion ?Gracias foristas y buen 2015 !!!!
Durante la vigencia del cto. mi cliente tuvo diversos problemas , debido a que el inmueble se encuentra en malas condiciones generales.
Haces unos meses se rompió un caño del pasillo, que fue reparado por la seudo administracion del lugar, no hay consorcio establecido) a raiz de esa rotura se arruino la pintura del departamento en una superficie importante del inmueble.
Por otro lado, el 8/12 mi cliente avisa en la inmobiliaria de otra rotura de un caño, esta vez en el baño que inundaba el mismo. Ante el silencio guardado por la inmobiliaria, le recomendé que envie CD intimando a la inmobiliaria a la reparacion, bajo apercibimiento de realizar la reparacion el locatario y retener las sumas erogadas por el mismo, se envio el 23/12. El 26/12 se presento la propietaria y se reparo la rotura. En ese acto el locatario le propuso un plan para pintar el dpto., ella quedo en contestarle...
Mi pregunta es ¿ de no arribar a un acuerdo las partes en cuanto a la pintura del inmueble, debería seguir pagando el alquiler en la inmobiliaria el locatario o conviene realizar la consignación judicial de las sumas del alquiler hasta que se dirima la cuestion ?Gracias foristas y buen 2015 !!!!
