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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1081465  por Ezequielbattaglia
 
Estimados, recibí un caso laboral y, entre que soy nuevo en la profesión y me dedico a penal, se me complica bastante, por ello es que solicito su ayuda. Les detallo a grande rasgos las circunstancias del caso:
Una mujer trabajo en una fabrica de sandwiches por siete meses.
No la han registrado, solo le hacían firmar recibos por la remuneración percibida.
Ella era franquera y se dedicaba a toda clase de tareas dentro de los locales a los que la mandaban
Se jornada laboral era de seis días a la semana (franco el miércoles), percibiendo un salario de $4.400 más comisiones.
Hace diez semanas que esta embarazada -si bien los empleadores sabían de esta situación, ella no notificó formalmente de ello-
En el día de hoy recibió un telegrama laboral en la que se la notificaba que prescindían de sus servicios (seguramente quieren hacerla pasar como monotributista). Luego la llamaron por teléfono para decirle que el viernes podía pasar a retirar el salario debido.

Ante este panorama, les consulto:
¿En respuesta a esa notificación, debo contestar el telegrama intimando a que la registren -para que sean aplicables las multas- y por negativas de tareas? En caso negativo, ¿como sería la respuesta?

Gracias de antemano colegas!
 #1081476  por Martincho7
 
Ezequiel,
Te bosquejo una respuesta posible:
"Sorprende su malicioso y temeraria reacción de despedirme a partir del XXX, en respuesta inmediata a haberles informado que me encontraba embarazada y haberles exhibido el certificado de fecha medico XXXX.
Yo trabajo desde el XXXX (Fecha de ingreso) bajo dependencia de Uds (los SresXXXX) de forma no registrada, sin obra social, ni ART, ni aportes jubilatorios. Cobraba mi salario en negro, sin recibo totalizando $9.000 neto en mano (fijate si es mas o menos cierto), aunque me hubiese correspondido un salario $9.800.-, categoria XXX CCT XXX y cumplia el siguiente horario:_____. (REVISALO TODO ESTO PORQUE TE DETERMINA LA BASE, ES MUY IMPORTANTE!!!)
Constantemente Uds me amenazaban con desvincularme si exigía mi registracion y me habían dado instrucciones de negar la relación laboral ante inspecciones del trabajo. Ademas Ustedes se presentaban a mi con nombres de pila, impidiendo que yo supiese el nombre completo, ni el CIUT de mis empleadores o que pudiese practicarles intimaciones formales (mas alla de la advertencia que Ud me hicieron de que ante cualquier comunicacion me despedirian), ademas de que mi lugar de trabajo cambiaba constantemente rotando por los locales de su cadena.
Es asi que estando en la mas absoluta clandestinidad y un amedrentamiento constante, decidi informarles de mi embarazo mostrandoles el certificado medico, pero sin enviarles un TCL porque no sabia con certeza a quien dirigirlo y estaba atemorizada por Ustedes (el que a todo evento dada nuestra relacion en negro no me es exigible).
Ustedes se aprovecharon de mi buena fe para simular este despido haciendo de cuenta no estar informados de mi embarazo, lo que es totalmente falso ademas de que reafirma una conducta temeraria propia de un empleador en negro que ahora decide blanquear repentinamente la relación laboral, no como una decisión de ponerse a derecho sino como una nueva maquinación para sacar una nueva ventaja aun a merced de lesionar gravemente. Ahora me quedaria sin salario, sin obra social y sin la proteccion de ley para el embarazo.
Reputando arbitrario el despido practicado y encubriendo un despido a causa de mi embarazo, intimo a Ud. plazo 4 dias habiles abone indemnización por antiguedad Art. 245, indemnizacion especial Art. 182, SAC y Vacaciones adeudadas, salario de diciembre y enero adeudados, diferencias salariales adeudadas y no prescriptas, Multa Art 1 Ley 25.323, bajo apercibiemiento de procurar judicialmente su cobro y de hacerme acreedora de Multa Art 2 Ley 25323.
Intimo plazo de ley entrega certificados Art. 80 LCT e ingreso de los aportes previsionales adeudados, bajo apercibimiento de accionar judicialmente su entrega y multa prevista en el dicho articulo. Curso comunicacion a AFIP y le advierto que una eventual reticencia suya de ingresar todos los aportes adeudados importaría prima facie la comisión de delitos penales.
Consituyo domicilio en el estudio de mi abogado XXXX donde deberan dirigir todas sus comunicaciones."
Revisalo por si me olvide algo.
No te aseguro de que tenes certeza de éxito porque no intimo en plazo pero creo que es bastante probable.
Saludos,
Martin
 #1081491  por Martincho7
 
No puedo saberlo. Nadie mejor que vos para averiguarlo porque sabes de que empresa se trata y con los testigos que te tiene que conseguir tu clienta.
Contame cuando tengas una respuesta al TCL. Si podes agrega explicitamente en la carta el nombre de la personas que le pagaban en negro, que recibieron copia del certificado medico y que la despidieron. En el intercambio tenes que escalar las responsabilidades que les endilgas a titulo personal y arrastrarlos también al SECLO.
Advertiles asimismo que por exclusiva culpa de la empresa y de los Sres XXX, ZZZ y FFF no contaste, ni contas con atención medica de una obra social poniendo en serio riesgo la salud y la vida tuya (de tu clienta) y del bebe, e intimalos a que en el plazo de 48 hs respondan si contrataran a su cargo una obra social que cubra el embarazo, bajo apercibimiento de injuriarte gravemente.
Si te niegan la obra social, tenes que notificar cada consulta medica como un drama a la empresa y a cada gerente que nombraste. Tenes que empapelarlos!
Saludos, Martin