mi consulta es la siguiente: tengo una casa alquilada y entraron a robar. Como propietaria tengo obligacion de hacerme cargo de algun tipo de daño que sufriera la propiedad? (aberturas, cristales) o eso es por cuenta el inquilino?
Tenes q consultar un abogado, pero como pauta tendria presente:
Art. 1.516. La obligación de mantener la cosa en buen estado, consiste en hacer las reparaciones que exigiere el deterioro de la cosa, por caso fortuito o de fuerza mayor, o el que se causare por la calidad propia de la cosa, vicio o defecto de ella, cualquiera que fuese, o el que proviniere del efecto natural del uso o goce estipulado, o el que sucediere por culpa del locador, sus agentes o dependientes.
Art. 1.517. Es caso fortuito, a cargo del locador, el deterioro de la cosa causado por hechos de terceros, aunque sea por motivos de enemistad o de odio al locatario.