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  • duda liquidación, abandono de trabajo.

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 #1075606  por mariela00
 
Consulta: tengo un trabajador despedido por abandono de trabajo donde, pese informarle que estaba a su disposición liq. final, no se la abonaron.

La liquidación para seclo, debo hacerla en base a los recibos (donde figura una liq, final menor a la que le abonaron?) o puedo hacerla en base a lo realmente percibido que, obviamente luego debo probarlo en caso de que no se cierre???

Muchas gracias por la ayuda!
 #1076116  por elbellojmb
 
Hace la liquidacion final teniendo en cuenta los verdaderos datos de la relacion laboral. Lo mas probable que no le hayan entregado los certificados de trabajo, por lo que podes intimar en ese sentido y pedir las multas. Tambien podes intimar por diferencias salariales, si las hay.
 #1076131  por wooten
 
Reclamá en base a los recibos , seguramente te convenga dado que vas a sumar las diferencias salariales en base a lo que le corresponda por Convenio, más multas ley 25323 como para intimidar un poco ; ahora bien, no podés objetar ese "abandono de trabajo", porque dado ello y si está bien fundamentado solamente vas a reclamar integración mes de despido más aguinaldo y vacaciones proporcionales, tomando como base lo que cobra un trabajador es muy pequeño el monto que podés reclamar y de poco te sirve lo que planteo en el encabezado de mi posteo.
 #1077462  por mariela00
 
Muchas gracias a elbellojmb y wooten por su tiempo.
En base a lo que me dicen me surgen las siguietnes dudas
1) si ya pedí seclo por determinada liquidación (la hice en base a los recibos), aún no fue mi cliente al turno... puedo modificar el monto reclamado???
2) cuando intimo a que abonen liquidación final y entreguen certificados NO intimé abonen diferencias salariales (cobró en mano mas que lo que figura en los recibos).... puedo enviar otro telegrama reiterando todo para incluir estas diferencias salariales?? o, como ya está pedido el seclo, fue?

Muchas gracias!!!
 #1082266  por van1327
 
Hola!! Me sumo a tu post porque tengo dudas similares con relación a la LIQUIDACION FINAL, se consideró despedida el 30/12 (mediante intercambio telegráfico), la han llamado sólo para decirle que ahora iba a perder tiempo para cobrar, por supuesto no la han vuelto a llamar para pagarle la liquidación final -está embarazada y fue notificada la empresa de ello oportunamente- PREGUNTA: debo enviar CD intimando al pago de la liquidación final una vez mas, por mas que lo hayamos pedido en la última CD o ya puedo sortear SECLO directamente?? Qué me recomiendan?? Saludos. Transcribo el último párrafo de la cd: (...) Intimo abone indemnizaciones por despido, integración y preaviso todos con su SAC, bajo apercibimiento de reclamar la multa establecida en el art. 2 de la ley 25.323 y 25.345. Cierro intercambio epistolar. Queda Ud. debidamente notificado.