Hola, tengo una apertura a prueba en un juicio laboral en Capital Federal. En su momento hicereserva de la pericial caligràfica para el caso de desconocimiento de la documental a reconocer por el actor. En la apertura a prueba me proveyeron respecto de la pericial caligràfica, que se tiene presente la reserva efectuada. Pero si ya no no se toma la absoluciòn de posiciones y en la audiencia del Art. 80 sòlo se efectuò a los fines conciliatorios, en que momento se le hace reconocer la documental a la actora??? Urgente ayuda. Gracias