Voy por la actora en una causa en provincia, en la contestación la demanda ademas de negar los hechos (hay una persecucion laboral, enfermedad, etc) acusa a la actora de un delito grave: terrorismo (usando un sinonimo asociacion a la religion); lo veo como algo grave ya que no es una simple acusacion de "robo mercaderia del local" o cualquier otra cosa. Entiendo que si acusan a la actora de algo semejante minimamente deberian presentar la denuncia penal -y probarla- estamos hablando de un delito grave. No me parece que sea para "dejarlo pasar" porque en laboral las injurias no caminan. Alguna idea?
No te voy a contestar fuera de lo laboral, porque con lo escueto de tu explicación no da para opinar (ademas al fuero penal le huyo todo lo posible), pero si te recuerdo acerca de la invariabilidad de las causas del distracto. Las partes no pueden alegar causas ajenas a las que alegaron en las intimaciones previas y sus contestaciones hasta alli.
Ataca la falta de claridad en la motivación al momento del distracto y sostene que esa causa es inadmisible por extemporánea y por contravenir la invariabilidad de su causa (art. 243, LCT)!
Saludos, Martin