Buenas tardes!
Tengo una consulta. Trataré de describir el panorama lo más claro posible:
1991: Boleto de CV a favor del matrimonio MyH por un inmueble en Prov. de Bs.As. Nunca se hizo la escritura.
La parte vendedora había adquirido dicho inmueble de PyR, quienes a su vez lo adquirieron de X (siempre a través de boletos de CV).
Por otro lado, MyH adquieren el 25% de un depto + cochera en San Miguel de Tucumán, con usufructo vitalicio en favor de un 3ero.
1992: MyH se divorcian. Celebran acuerdo -NO homologado- donde dividen sus propiedades, quedando para C los inmuebles en cuestión. A su vez, firma ante escribano público un asentimiento conyugal a favor de M para que ésta pueda disponer del "fondo de comercio" sito en dicho inmueble.
Desde la fecha del boleto de CV hasta la actualidad, C tiene la posesión del inmueble de BsAs.
El 75% del inmueble de Tuc pertenece a los hermanos de C.
La relación entre C y H no terminó bien, y actualmente no se tratan.Los hijos en común apenas ven a H, pero podrían contactarlo si fuera necesario.
El objetivo es regularizar la situación de esos dos inmuebles a favor de C, de la manera más rápida (ya que H tiene problemas de salud). Todavía no estoy matriculada, y mi experiencia es casi nula.
Un juicio de escrituración no solucionaría el problema que puede representar H.
Un juicio de usucapión puede durar demasiado tiempo. Qué medida tomarían ustedes?
Tengo una consulta. Trataré de describir el panorama lo más claro posible:
1991: Boleto de CV a favor del matrimonio MyH por un inmueble en Prov. de Bs.As. Nunca se hizo la escritura.
La parte vendedora había adquirido dicho inmueble de PyR, quienes a su vez lo adquirieron de X (siempre a través de boletos de CV).
Por otro lado, MyH adquieren el 25% de un depto + cochera en San Miguel de Tucumán, con usufructo vitalicio en favor de un 3ero.
1992: MyH se divorcian. Celebran acuerdo -NO homologado- donde dividen sus propiedades, quedando para C los inmuebles en cuestión. A su vez, firma ante escribano público un asentimiento conyugal a favor de M para que ésta pueda disponer del "fondo de comercio" sito en dicho inmueble.
Desde la fecha del boleto de CV hasta la actualidad, C tiene la posesión del inmueble de BsAs.
El 75% del inmueble de Tuc pertenece a los hermanos de C.
La relación entre C y H no terminó bien, y actualmente no se tratan.Los hijos en común apenas ven a H, pero podrían contactarlo si fuera necesario.
El objetivo es regularizar la situación de esos dos inmuebles a favor de C, de la manera más rápida (ya que H tiene problemas de salud). Todavía no estoy matriculada, y mi experiencia es casi nula.
Un juicio de escrituración no solucionaría el problema que puede representar H.
Un juicio de usucapión puede durar demasiado tiempo. Qué medida tomarían ustedes?
