Hola Colegas: No hago casi nada de penal, y debo recurrir al foro a solicitar Ayuda. El caso es así: Un inmueble en ph con 2 propiedades, frente y fondo. Hay una entrada común (pasillo) ancha, ya que pasa un auto porque hay un garage en el fondo, y en la entrada del frente hay una reja con entrada por el porton (para auto) y al lado una puerta individual, que se utiliza para ingresar también al depto del fondo. El propietario del frente por su voluntad cambió la reja, puso un porton automático y solo entrego la llave de la puerta individual al propietario del fondo. Este le pidió varias veces las llaves del porton ancho (automatizado) ya que pese a no tener auto hay veces que debe hacer ingresar algún vehículo y no dispone libremente del ingreso por el porton ancho, pese a ser una entrada común. Antes del cambio de reja había un porton bajo (ancho) que no tenía ningún tipo de cerradura y ambos propietarios accedían por ahí y nunca hubo problema.El propietario del frente comete el delito de privación de libertad? y si no es así comete algún otro delito tipificado en el código penal?. Aguardo respuestas. Muchas Gracias.