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  • impugnacion de multa

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 #936138  por DRAKAKUBUR
 
Buen día Colegas!, me gustaría que alguien me de una mano con algún modelo para impugnar una multa por cruzar supuestamente un semaforo en rojo. Muchas Gracias
 #937036  por solegaletto
 
BUENOS AIRES, de de 2010


SEÑOR
DIRECTOR
Provincia de
SU DESPACHO

Ref. IMPUGNA ACTA INFRACCIÓN DE TRÁNSITO N° ........

De mi mayor consideración:

.......................... me presento ante la DIRECCION PROVINCIAL DE ……., en mi carácter de titular del vehículo marca....................., CHAPA PATENTE .............. me presento dentro del plazo fijado, ejerciendo mi derecho de defensa garantizado por la Constitución Nacional, con el objeto de recurrir una presunta acta de infracción N°…., por la “supuesta” infracción al artículo 51 de la ley 24.449.

Asimismo por la presente ofrezco las pruebas que hacen a mi derecho.

En primer lugar planteo la nulidad de la notificación, no efectuada por medio fehaciente y desconociendo todo antecedente de que intente valerse que tenga por fecha anterior a la presente.



En cuanto a los hechos que se me endilgan debo señalar que si bien circulaba con mi vehículo a la hora señalada en el acta en ningún momento me excedí de la velocidad como se afirma falsamente en la misma, a resultas de lo cual la imputación es absolutamente improcedente, ilegal y producto de maniobras que encuadran en un ilícito penal.


Dicha multa es sin duda configurativa de una situación de abuso de autoridad con fines únicamente recaudatorios, y por ello se requiere declarar la nulidad absoluta e insanable de las presuntas actas de infracción.

Por la presente, también se impugna el uso de equipo tipo radar por encontrarse emplazado el artefacto de medición en zona de camino de jurisdicción nacional y no surgir del acta de infracción que se encuentre autorizado, pues no lo está, NO tiene autorización de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD –Decreto Ley 505/58 ratificado por Ley 14.467- o del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES –Decreto 87/2001-.

Dicho permiso es de fundamental importancia pues de allí se acreditan dos aspectos, uno la autorización de los que tienen la representación del Estado que administra el sector de la ruta que se trata y en segundo término que el accionar de esa Dirección de Prevención y Seguridad Vial no afecta la seguridad al tránsito. La falta de autorización a la Dirección de Prevención y Seguridad Vial le resta toda validez a la aplicación de una multa, sin perjuicio de lo improcedente de la misma.

Con relación al presunto cinemómetro (TIPO RADAR) ya es sabido que el mismo no mide con precisión, pero el elegir sectores de camino donde la velocidad máxima es de 60 km/h, en forma oculta, y no en donde debe velarse por el verdadero exceso de velocidad y seguridad, esconde un solo y único objetivo recaudar o generar negocios a estudios jurídicos. Al respecto debe tenerse en cuenta que resulta de dudable constitucionalidad el uso de radar fotográfico, el cual es utilizado en forma furtiva y cuya utilidad reside en su función preventiva.

En tal sentido se viola expresamente el art. 70 inc. 3 de la ley 24.449 cuando ordena que la autoridad de aplicación debe identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenece. El espíritu de la ley es asegurar la vigencia del debido proceso adjetivo (art. 69 a, ley 24.449) y el derecho de defensa constitucionalmente reconocido ( art. 18 CN), situación que no se alcanza a cumplimentar con una intimación a efectuar el pago de una multa, desconociendo la Autoridad de la que emana el Acta de Infracción y el presupuesto fáctico que rodea el hecho.

Impugno en este mismo acto la existencia de presunta presencia de funcionario público en la constatación de la infracción. Dejo planteado mi derecho de iniciar acciones penales por abuso de autoridad y civil por las consecuencias, al verificarse un claro abuso de autoridad tipificado por el Código Penal, ello, pues nadie por ostentar un cargo el que debería merecer el ejercicio ecuánime de una función, pueda utilizar el mismo con el sólo beneficio de recaudar. Desde ya solicito la suspensión de toda ejecución de la multa hasta que se me sustancie el presente recurso. Copia de la presente se ha enviado a la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN y a la DEFENSORIA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS.

Desde ya ofrezco como prueba a)Informativa: Líbrese oficio a la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD con asiento en la calle Julio A. Roca 738, piso 8 Cap. Fed. para que informe sobre la jurisdicción de la ruta nacional N° 14 Km …. Se informe si se encuentran autorizados EQUIPO DE MEDICION TIPO RADAR en el lugar citado, se informe si se encuentran autorizada la colocación de cámara o video en zona de camino nacional
B) Al Organo de Control de Concesiones Viales con asiento en la calle Hipólito Irigoyen 250 Capital Federal, para que informe sobre los mismos extremos señalados para la Dirección Nacional de Vialidad. C) A la Secretaria de Comercio de la Nación para que informe si se encuentran homologadas cámaras o videos de los que se emitan fotos para acreditar presuntas infracciones por exceso de velocidad y si ello es suficiente o debe contarse con la respectiva garantía periódica de buen funcionamiento realizada por el fabricante D) A la Policía de Entre Ríos para que certifique a través del funcionario competente y bajo apercibimiento de falso testimonio, si cuenta entre sus agentes a funcionario alguno que haya intervenido en la utilización de radares, informe si el mismo, entre las funciones orgánicas de dicha institución, cuya copia certificada deberá glosarse a los actuados, cuenta con facultades para ejercer función de control de velocidades, indicar lugar de prestación de servicios del mismo, se remita constancia de asistencia a su lugar de servicio correspondiente al día de la infracción y a la hora en que se dice se produjo el hecho. Constituyo domicilio a todos los efectos legales en CALLE …

Asimismo opongo mi derecho establecido en el artículo 71 de la ley 24.449 para ser juzgado por presunta contravención ante juez competente de mi domicilio, el que está a mucho más de 60 Kms. de distancia del presunto evento.

Por todo lo expuesto solicita se deje sin efecto el acta de infracción labrada por encontrarse viciado de nulidad el procedimiento llevado a cabo, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales civiles y penales.


nombre


n° de documento

por favor controlar que todos los datos estén bien y se correspondan con la cédula recibida.
 #937037  por solegaletto
 
Es un modelo de descargo espero que te sirva...
 #1046822  por trentanits
 
Hola,
Queria saber como hacer un descargo por una infracción por luces bajas apagadas que me hicieron el día 14/07/2014 en una ruta de la Provincia de Entre Rios, al labrar el acta dice claramente que tengo 5 días habiles para efectuar el descargo, poniendo como fecha límite el 16/10/2009, si son días hábiles no sería el 19/07/2014 la fecha de vencimiento? Además dice que el descargo debería hacerlo en Entre Rios, pero yo vivo en la porvincia de Buenos Aires.... Sin contar que quisieron cobrarnos la multa en el momento diciendo que tenia una quita importante... está permitido que la policia cobre multas?
Como puedo hacer para no tener complicaciones? Estoy a tiempo de hacer un descargo?

Muchas gracias! Saludos,
 #1049557  por profesional
 
Yo mando nota con carta certificada y acompaño DNI y licencia de conducir para pedir prorroga de jurisdicción ya que estás a mas de 60 km del hecho y la ley lo autoriza.
Veremos. En su mayoría nunca más tenés noticias
Además, la gente se amedrenta cuando recibe una multa y como no firma nada, no hay constancia de que la recibiste. Por lo tanto, la notificación desde el inicio es nula
Pero, siempre queda la duda si la falta la inscriben en el registro y al momento de una transferencia de auto, sale impaga... :roll: :roll:
Igual, se puede mandar un mail a la DNV para concoer si el radar estaba o no habilitado.
 #1051486  por Estudiocolica21
 
"PLANTEO FORMAL INHIBITORIO: El Acta aludida constituye una violación a lo normado por Nuestra Constitución Nacional y lo prescripto por la Ley Nacional de Tránsito, exigiendo mi derecho a ser juzgado por el Tribunal de Faltas de jurisdicción de mi domicilio.-"

Cuando las multas no están dentro de la jurisdicción y son tomadas por radares, en el estudio normalmente se envía Carta documento en donde se niega la supuesta falta cometida, el uso de medios electrónicos (art. 21 de la reglamentación Gral. De la Ley de tránsito aludida. (Anexo I del Decreto 779/95) y plantea la jurisdicción.-
 #1082920  por lucianamorelli
 
Hola, el 22 de enero me hicieron una multa en el Puesto Caminero de Gualeguaychu por circular unos metros con las luces de posición pero no con las luces bajas. Es una cantidad de plata increible y me vence en febrero. Quiero saber como reclamar para que me impugnen la multa. Me parece que algo que podria ser una advertencia lo terminan usando como una coima legalizada. Ademas ofrecen "liquidarla en el puesto" y a cambio te borran del sistema que haya existido esa multa!... o sea, quieren que la pagues ahi mismo con un 15 por ciento de descuento (!!) a cambio de que te sacan la infraccion... Como puedo hacer? Tengo que pagar? Que pasa si me niego?
Gracias!
 #1082937  por slipping
 
Hola: les cuento mi experiencia... me cansé de hacer "descargos" en mi ciudad, mediante CD, seguir el trámite comunicándome con Vialidad de provincia de BA (siempre figuraba el planteo, pero nunca resolvían y así se pasaba el tiempo suficiente para volver a "enganchar" al presunto infractor: cuando tenía que renovar licencia o transferir el vehículo, por ejemplo), entonces, le comenté el tema a un abogado viejo de mi ciudad y éste a su vez, al Juez de Paz local... Los reclamos efectuados a otras provincias, normalmente funcionaban, no así las multas por radares de la pcia de BA. Bueno, por el código contravencional de la pcia de BA, es competente para entender en temas de contravenciones el juez de paz del lugar del hecho o domicilio del infractor o el juez en lo correccional de 1ª instancia... así judicialicé los reclamos, me ocupé sólo de enviar CD o carta certificada antes y luego, directo a la justicia, ¿y adivinen que pasó? Al momento de oficiar para que remitan el expte administrativo, el Juzgado de Don Torcuato envió copias simples e ilegibles, por lo cual, el Juez de Paz, me ordenó reiterar oficio, dejando expresamente aclarado que se solicitó el expte administrativo, en su defecto, copias "certificadas y legibles" del mismo... bueno, la señora que se animó a judicializar el tema (le reclamaban unos $ 20.000 por infracciones y tenía que vender su auto ya), se vio beneficiaba por una misteriosa "borrada" de antecedentes y reclamos. Actualmente tengo en curso otra acción judicial, solicitando cautelarmente que le renueven el carnet de conducir al presunto infractor, aunque se continúe discutiendo la validez de las infracciones. Veremos que pasa. Pero queda claro que jurídicamente esas multas son insostenibles.