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 #1081941  por federicojm
 
Quería hacer una consulta, surge de una llamada que me hicieron unos conocidos chinos el otro día, no son mis clientes, me gustaría ver sus respuestas ya que soy estudiante de Derecho y no estoy seguro de cual es la solución.

A ellos otro chino les vendió el fondo de comercio de un supermercado, pero fue mas que nada de palabra, y ellos están como empleados del locatario original (según lo que me dijeron). El contrato de locación sigue con el nombre del locatario original.

El otro día fue el dueño con un supuesto "oficial de investigaciones" mandado por un supuesto fiscal, a extorsionarlos, y ellos me llamaron preocupados. Tuve la oportunidad de hablar con el supuesto oficial, que era obviamente un estafador, ya que buscaba extorsionarlos diciendo que estaban subalquilando, y además amenazando con llamar a migraciones (tienen residencia precaria esperando la permanente, por tanto tienen permiso para trabajar). Yo le pregunté si el contrato prohibía subalquilar, y el me dijo que no sabe porque el contrato lo tiene la inmobiliaria (Jaja), le dije que en Argentina subalquilar o ceder la locación no es ilegal, por lo que sin contrato que lo prohíba no tiene derecho a nada. (a lo que me dijo que iba a mantenerlos demorados hasta que se solucione la cuestión :roll: )

Al final el hombre me dice "Bueno flaco, listo, ya está. Hablé con el dueño (que estaba al lado) y ya lo resolvimos. Vos sos argentino, deberías entender de lo que hablo" (hablaba de coima, obviamente, pero yo le dije que no entendía, a lo que siguió) "Si vas a ser abogado y no entendés, vas a ser un pésimo abogado" (o algo similar), después cortó.

Hable con mi amiga después y me dijo que le dieron $1500 al dueño y este les dijo que no iba a volver más. También me dijo que les sacaron fotos al local con ellos adentro, y les tomaron las huellas digitales ( :roll: ). Me preguntaron si esto iba a traer algún problema, y les dije que no ya que no sirven como prueba de nada.

Ahora las preguntas:

Para desalojar el locador a ellos, necesita probar la existencia de un contrato de cesión o sublocación?, o la simple presencia de ellos y ausencia del locador original vale como prueba?

No me dieron el contrato de locación original todavía, por lo que no se si realmente está prohibido ceder o sublocar. Pero si lo estuviera, el hecho de que el locador les acepte el cánon locativo cada mes no sirve como consentimiento tácito del locador?


Muchas gracias. Investigué por internet y en los libros de contratos que tengo, pero no encontré las respuestas específicas, por eso pregunto acá.
 #1081942  por federicojm
 
Agrego que me dijo que iba según el procedimiento del Cod. 60 del CPP. No tiene relación con el tema comercial, pero lo dijo seguramente sabiendo que soy solo estudiante de derecho y que así parecía más verídico.
 #1081993  por DRA. MACA
 
Si sos estudiante de derecho nada vas a poder hacer ni brindar asesoramiento, deben contratar a un abogado.
 #1082007  por federicojm
 
DRA. MACA escribió:Si sos estudiante de derecho nada vas a poder hacer ni brindar asesoramiento, deben contratar a un abogado.
En realidad nadie me prohibe brindar asesoramiento, ni me interesa si contratan a un abogado. Su respuesta demuestra que no leyó ni siquiera el primer renglón.

Saludos!
 #1082008  por federicojm
 
Aclaro que quiero saber la respuesta por interés propio en el derecho, y para sacarme la duda. No es para asesorarlos ya que no son amigos, solo conocidos.
 #1082024  por DRA. MACA
 
federicojm escribió:
DRA. MACA escribió:Si sos estudiante de derecho nada vas a poder hacer ni brindar asesoramiento, deben contratar a un abogado.
En realidad nadie me prohibe brindar asesoramiento, ni me interesa si contratan a un abogado. Su respuesta demuestra que no leyó ni siquiera el primer renglón.

Saludos!
El que necesita seguir leyendo para recibirse yo vos no yo. Después recién ahi con el título, hablamos.
 #1082097  por federicojm
 
DRA. MACA escribió:
federicojm escribió:
DRA. MACA escribió:Si sos estudiante de derecho nada vas a poder hacer ni brindar asesoramiento, deben contratar a un abogado.
En realidad nadie me prohibe brindar asesoramiento, ni me interesa si contratan a un abogado. Su respuesta demuestra que no leyó ni siquiera el primer renglón.

Saludos!
El que necesita seguir leyendo para recibirse yo vos no yo. Después recién ahi con el título, hablamos.
Hablar con vos? Para qué? Personas con complejo de superioridad hay en todos lados. Es una lástima que haya abogados como vos, dejan mal parada a toda la profesión.

Te cito algo que pusiste vos en el 2008:
DRA. MACA escribió:Lei muchas cosas no solo con las que me identifique sino que senti "el aire" de solidaridad y humildad , valores que hoy en dia estan tan perdidos y son reemplazados por la soberbia y la maleducacion. Es un buen momento para demostrar que somos muchos los profesionales que no somos asi!

No voy a dudar en pedirles ayuda, desde luego no abusando, yo estoy a sus disposiciones tambien aunque ya tienen larguisimos años en la profesion :oops:

Saludos nuevamente y gracias a ud. tambien por la calida bienvenida!
Es momento de reflexionar, la soberbia y la maleducación al parecer te invadieron también a vos.
 #1082127  por DRA. MACA
 
Bien, veo que sabés leer, te felicito!. Asi como también, ponerte a buscar en mi historial de 8 años aca, lo que es tener tiempo de sobra eh? Y si, hay un montón de gente que ayudé y me ayudó, pero ninguno era estudiante que entraba a un portal preguntando (fijate que nadie te respondió), sobre algo de lo que no estás habilitado para asesorar, y hoy en día ya van muchas personas que decirle que no es abogado es insultarlas :shock: .

Es así, te guste o no, al igual que uno que se hace pasar por contador y otro/a que dice que no es abogado y aca quiere aportar, vos como estudiante no estás en codiciones de exigir nada (menos que te contesten el post).

Asi que nuevamente, agarrá los libros y recibite, después charlamos. Y los que nos hacen quedar mal son los que estafan a los clientes y no hacen nada en su causa no estupideces como las que decís, pasa que te falta tomar mucha sopa y de esto no entendes nada. En el futuro verás (o no a lo mejor no te recibís) lo que es algo llamado realidad.
 #1082903  por ccolalongo
 
Primero tendrías que ver el contrato del locador original, desde ya que sublocar en el 99% de los contratos de locación está prohibido y seguramente en ese contrato este así, por supuesto que el dueño puede saber quien esta ocupando su propiedad y a titulo de que.

El punto es claro: tarde o temprano los que explotan el local van a tener que ponerse bien de papeles con el dueño eso no tiene vuelta, si compraron "todo de palabra" es un tema de ellos pero esas "compras de fondo de comercio" sin consultarle a los dueños tarde o temprano terminan todos en la calle.
federicojm escribió:Quería hacer una consulta, surge de una llamada que me hicieron unos conocidos chinos el otro día, no son mis clientes, me gustaría ver sus respuestas ya que soy estudiante de Derecho y no estoy seguro de cual es la solución.

A ellos otro chino les vendió el fondo de comercio de un supermercado, pero fue mas que nada de palabra, y ellos están como empleados del locatario original (según lo que me dijeron). El contrato de locación sigue con el nombre del locatario original.

El otro día fue el dueño con un supuesto "oficial de investigaciones" mandado por un supuesto fiscal, a extorsionarlos, y ellos me llamaron preocupados. Tuve la oportunidad de hablar con el supuesto oficial, que era obviamente un estafador, ya que buscaba extorsionarlos diciendo que estaban subalquilando, y además amenazando con llamar a migraciones (tienen residencia precaria esperando la permanente, por tanto tienen permiso para trabajar). Yo le pregunté si el contrato prohibía subalquilar, y el me dijo que no sabe porque el contrato lo tiene la inmobiliaria (Jaja), le dije que en Argentina subalquilar o ceder la locación no es ilegal, por lo que sin contrato que lo prohíba no tiene derecho a nada. (a lo que me dijo que iba a mantenerlos demorados hasta que se solucione la cuestión :roll: )

Al final el hombre me dice "Bueno flaco, listo, ya está. Hablé con el dueño (que estaba al lado) y ya lo resolvimos. Vos sos argentino, deberías entender de lo que hablo" (hablaba de coima, obviamente, pero yo le dije que no entendía, a lo que siguió) "Si vas a ser abogado y no entendés, vas a ser un pésimo abogado" (o algo similar), después cortó.

Hable con mi amiga después y me dijo que le dieron $1500 al dueño y este les dijo que no iba a volver más. También me dijo que les sacaron fotos al local con ellos adentro, y les tomaron las huellas digitales ( :roll: ). Me preguntaron si esto iba a traer algún problema, y les dije que no ya que no sirven como prueba de nada.

Ahora las preguntas:

Para desalojar el locador a ellos, necesita probar la existencia de un contrato de cesión o sublocación?, o la simple presencia de ellos y ausencia del locador original vale como prueba?

No me dieron el contrato de locación original todavía, por lo que no se si realmente está prohibido ceder o sublocar. Pero si lo estuviera, el hecho de que el locador les acepte el cánon locativo cada mes no sirve como consentimiento tácito del locador?


Muchas gracias. Investigué por internet y en los libros de contratos que tengo, pero no encontré las respuestas específicas, por eso pregunto acá.
 #1083136  por Ladislaoestani
 
Hola, disculpen la molestia. No se si es este el lugar donde debo poner mi pregunta, porque estoy aprendiendo a usar el sitio. Quisiera saber si puedo hacer un contrato de alquiler, y que el locatario sea una SOCIEDAD ANONIMA? Es eso posible? Y la otra duda, es si pueden ser garantes, en ese contrato, dos empleados de la SOCIEDAD ANONIMA LOCATARIA. Espero respuestas, miles de gracias.-
 #1083176  por ccolalongo
 
Que el locatario sea una SA no hay ningun problema siempre y cuando quien firma tenga la personeria en regla (art. 60 directorio inscripto); que los garantes sean empleados de la SA no lo impide la ley pero seguramente el locador no lo acepte y con razon, se supone que el garante genera el dinero en otra parte para responder en caso que el inquilino no pague, si todo sale "del mismo negocio" pueden estar en problemas. Para los garantes la ultima palabra siempre la tiene el dueño.
Ladislaoestani escribió:Hola, disculpen la molestia. No se si es este el lugar donde debo poner mi pregunta, porque estoy aprendiendo a usar el sitio. Quisiera saber si puedo hacer un contrato de alquiler, y que el locatario sea una SOCIEDAD ANONIMA? Es eso posible? Y la otra duda, es si pueden ser garantes, en ese contrato, dos empleados de la SOCIEDAD ANONIMA LOCATARIA. Espero respuestas, miles de gracias.-