Queridos colegas,
Les traslado la siguiente inquietud, voy a iniciar una jubilación como apoderado por ley 24.776, ya saqué turno para registrar el poder y lo tengo para el 18-02.
Ahora lo que quería saber es si a pesar de que, obviamente, aún no registré el poder, es posible sacar turno para la jubilación antes del registro del poder? Ello con la finalidad lógica de ganar tiempo, y no esperar a registrar el poder, para recién ahí sacar el turno para el inicio de la jubilación.
Desde ya muy agradecido por sus colaboraciones y sugerencias.
Les traslado la siguiente inquietud, voy a iniciar una jubilación como apoderado por ley 24.776, ya saqué turno para registrar el poder y lo tengo para el 18-02.
Ahora lo que quería saber es si a pesar de que, obviamente, aún no registré el poder, es posible sacar turno para la jubilación antes del registro del poder? Ello con la finalidad lógica de ganar tiempo, y no esperar a registrar el poder, para recién ahí sacar el turno para el inicio de la jubilación.
Desde ya muy agradecido por sus colaboraciones y sugerencias.