Hola a todos, soy nuevo y me tocó este caso complicado al menos para mi por poca experiencia a lo que se suma que dentro de ésta representé a los trabajadores.
Ahora voy por el empleador , que es dueño de un complejo turístico en provincia de buenos aires.
Éste tenía un trabajador que según me cuenta trabajó sólo desde fines de Diciembre de 2014 en negro. Era lo que habitualmente decimos CHANGARÍN, aunque se que para la ley tal calificación es inexistente, trabajaba 3 o 4 veces por semana para limpiar, cortar el pasto y ayudar a limpiar habitaciones de hospedaje en tal complejo.Se le pagaba por día de trabajo.
La semana pasada se generó una discuciòn entre embos llegando el trabajador a golpear a mi cliente el que por supuesto se defendió. La cuestión es que el empleador hizo la denuncia penal por lesiones
en la cual relatando los hechos dijo que el agresor era un changarín que cada tanto trabajaba para él, ÉSTO PARA MI ES IMPORTANTE PORQUE TENGO QUE CONTESTAR UN TELEGRAMA AL QUE POSTERIORMENTE ME REFERIRÉ Y ME HACE IMPOSIBLE DESCONOCER LA RELACIÓN LABORAL.
De más está decir que no volvió a trabajar y que si así fuera no lo hubieran dejado entrar -por tales vías de hecho-.
Ahora, mi cliente recibió un telegrama laboral en el cual el trabajador lo intima regularización lógico en virtud ley 24013 , y denunciando una serie de cosas la mayoría falsas como una fecha de ingreso de más de un año para atrás, etc, incluso que fuè mi cliente quien lo agrediera físicamente, etc etc, que tengo que contestar negando y soy conciente que después vendrá otro telegrama considerándose despedido y con los reclamos de multas, indemnizaciones, cert servicios y demás.
La principal cuestión por ahora es la contestación de tal telegrama, repito, puesto que no puedo desconocer llanamente la relación laboral y pensaba si negar por una parte punto por punto y aclarar la situación real o sea que trabajó menos de dos meses algunos días por semana como trabajador eventual y en la misma contestación poner que se encuentra despedido por justa causa por injurias graves consistentes en las vías de hecho denunciadas.
Lo de trabajador eventual se me ocurrió en el sentido que como toda actividad turística es temporada alta por aumento de cantidad de huéspedes y que por ello fuè eventualmente contratado, y al despedirlo de este modo no se como hacer jugar tambièn el período de prueba en trabajo eventual pero si en el contrato de trabajo por tiempo indeterminado. que es el común de los casos, es de 3 meses me parece que cuadraría.
Trato de aclarar: sería contestar negando la mayoría pero agregando, dado que no puedo negar la existencia de la relación, como realidad de los hechos que era un trabajador eventual incluso en período de prueba y que está despedido por las injurias graves narradas antes . Me parece lo menos perjudicial para mi cliente pero me surgen inseguridades.
AGRADECERÉ SI PUEDEN BRINDARME ALGUNA OPINIÓN O GUÍA DADO QUE EL LUNES TENGO QUE TENER ELABORADA LA CONTESTACIÓN DEL TCL. SALUDOS
Ahora voy por el empleador , que es dueño de un complejo turístico en provincia de buenos aires.
Éste tenía un trabajador que según me cuenta trabajó sólo desde fines de Diciembre de 2014 en negro. Era lo que habitualmente decimos CHANGARÍN, aunque se que para la ley tal calificación es inexistente, trabajaba 3 o 4 veces por semana para limpiar, cortar el pasto y ayudar a limpiar habitaciones de hospedaje en tal complejo.Se le pagaba por día de trabajo.
La semana pasada se generó una discuciòn entre embos llegando el trabajador a golpear a mi cliente el que por supuesto se defendió. La cuestión es que el empleador hizo la denuncia penal por lesiones
en la cual relatando los hechos dijo que el agresor era un changarín que cada tanto trabajaba para él, ÉSTO PARA MI ES IMPORTANTE PORQUE TENGO QUE CONTESTAR UN TELEGRAMA AL QUE POSTERIORMENTE ME REFERIRÉ Y ME HACE IMPOSIBLE DESCONOCER LA RELACIÓN LABORAL.
De más está decir que no volvió a trabajar y que si así fuera no lo hubieran dejado entrar -por tales vías de hecho-.
Ahora, mi cliente recibió un telegrama laboral en el cual el trabajador lo intima regularización lógico en virtud ley 24013 , y denunciando una serie de cosas la mayoría falsas como una fecha de ingreso de más de un año para atrás, etc, incluso que fuè mi cliente quien lo agrediera físicamente, etc etc, que tengo que contestar negando y soy conciente que después vendrá otro telegrama considerándose despedido y con los reclamos de multas, indemnizaciones, cert servicios y demás.
La principal cuestión por ahora es la contestación de tal telegrama, repito, puesto que no puedo desconocer llanamente la relación laboral y pensaba si negar por una parte punto por punto y aclarar la situación real o sea que trabajó menos de dos meses algunos días por semana como trabajador eventual y en la misma contestación poner que se encuentra despedido por justa causa por injurias graves consistentes en las vías de hecho denunciadas.
Lo de trabajador eventual se me ocurrió en el sentido que como toda actividad turística es temporada alta por aumento de cantidad de huéspedes y que por ello fuè eventualmente contratado, y al despedirlo de este modo no se como hacer jugar tambièn el período de prueba en trabajo eventual pero si en el contrato de trabajo por tiempo indeterminado. que es el común de los casos, es de 3 meses me parece que cuadraría.
Trato de aclarar: sería contestar negando la mayoría pero agregando, dado que no puedo negar la existencia de la relación, como realidad de los hechos que era un trabajador eventual incluso en período de prueba y que está despedido por las injurias graves narradas antes . Me parece lo menos perjudicial para mi cliente pero me surgen inseguridades.
AGRADECERÉ SI PUEDEN BRINDARME ALGUNA OPINIÓN O GUÍA DADO QUE EL LUNES TENGO QUE TENER ELABORADA LA CONTESTACIÓN DEL TCL. SALUDOS