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 #688500  por Nere
 
Hola alguien podria explicarme como es el tramite de mediacion en capital federal., es contra una tarjeta de credito que no deja se computar cargos ya desestimados por el actor a pesar de los constantes reclamos.


Quedo a la espera de respuestas. Gracias
 #688514  por emn
 
Hola

Soy Norma
Abogada-Mediadora Judicial Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación desde el año 1997.-


Breve resúmen detallado de los pasos a seguir para el Trámite Mediación Pública.-

Se debe abonar un arancel de $ 25.- en el Banco de la Nación Argentina, sucursal Tribunales, mediante una boleta de depósito que se retira en la mesa de sorteos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Se debe concurrir a la Mesa General de Entradas del fuero que corresponda con el formulario de inicio de Mediaciòn, por cuadruplicado, conjuntamente con el talón de pago del Banco Nación.

El Formulario de Iniciación, lleva en su costado izquierdo la letra "M" en color rojo, la que se ubica arriba de la inscripción "Mediación Previa - Ley Nº 26.589". Se presenta por cuadruplicado, con los datos del Requirente, del Requerido y el objeto.

Si el Requirente y/o el Requerido es más de uno, los datos pertinentes se consignan en el formulario anexo que también se retira de la misma mesa de entradas titulado: Anexo Formulario de Iniciación y que se debe llenar por cuadruplicado.

Tanto el original como cada una de las copias deben ser firmados y sellados por el abogado del Requirente.

En dicho acto, se asigna un Mediador Judicial y, además se sorteará el Juez que va a entender para el caso de que fracase la instancia conciliatoria.

En la mesa General de Entradas, donde se realizará el sorteo, le devolverán dos de los cuatro formularios presentados al letrado interviniente.

El formulario de inicio y sus anexos si los hubiere, sòlo contrandràn los datos de las partes, (Requirente y Requeridos) datos del Letrado, firma del Profesional y objeto.

No se acompaña demanda, ni es necesario acompañar ningún escrito que explique el motivo del pedido de mediación.

El Letrado debe llevar esos dos formularios al mediador designado, dentro de los cinco (5) días de sorteado. Si se vence, debe concurrir nuevamente para su asignación.

Esto es similar al sorteo que se realiza en Cámara al iniciar un Juicio, a diferencia, de que el plazo son cinco días hábiles y se debe acompañar la demanda.

El Mediador cuando recibe los dos formularios, debe devolver uno de esos formularios intervenidos. (Firmado y sellado, con indicación de día de presentación).

El Mediador luego de recibir la petición, en el plazo de 15 días debe fijar una audiencia.

Esa audiencia se notifica mediante Cèdula o por Carta Documento.
Si es por Cédula se debe abonar la suma de $ 3.-
Si es por Carta Documento se debe abonar la suma de $ 53.- (por cada Requerido)
También se debe abonar la suma de $ 40.- en concepto de Gastos Administrativos.-

En el caso de optar por la primera opción (Cédula), si el domicilio es en Capital Federal, la diligencia el propio Mediador, si es en Provincia, se necesita la intervención del Juez (que ha sido asignado al ser sorteado la Mediación) y la diligencia el Letrado.

El Mediador en un plazo de 60 días debe terminar con la Mediación, en el caso de ser optativos (ejecutivo, desalojo) el plazo se reduce a 30 días. Dicho plazo puede prorrogarse en caso de común acuerdo de las partes.

A la audiencia fijada por el Mediador, deben las partes concurrir personalmente, con asistencia letrada obligatoria.

Espero te sea útil.-

Quedo a tu disposición por cualquier duda.-

Saludos
Norma.-
 #1083492  por AUKA
 
Estimada, se trata de la fijación de un canon locativo sobre el único inmueble del acervo en una sucesión ab intestato (ya en trámite y abierta) ocupado por uno de los coherederos que no se presentó en la sucesión.
Cómo es el trámite de medicación?
Gracias anticipadas!
 #1149342  por norabeatrice123
 
hola Colegas , con respecto a la pregunta que quedo sin contestar , y teniendo yo tambien la misma duda , por mi cliente , es necesario la mediacion prejudicial en el caso de exigir un canon locativo , al heredero que usa y goza del único inmueble de la sucesion , yo tengo la declaratoria de herederos, o solo envio una carta documento intimando el pago del canon bajo apercibimiento de iniciar un incidente ?