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 #1083862  por sergiolaca
 
Estimados les consulto sobre la notificación de la contestacion de demanda, en el juzgado laboral nº 7 me notificaron de la contestacion de demanda solo en forma virtual a través del sistema de gestión judicial, como es la primera vez que me pasa, dado que en los demás juzgados ademas de la notificación virtual, el traslado de la contestacion de demanda lo hacen también en el domicilio constituido, no conteste el traslado y me dieron por reconocida la documental, mi consulta puntual es si alguno sabe en que norma esta contemplado que este tipo de notificación debe hacerse solo por sistema, dado que tengo entendido que por ahora solo son validad todas las notificaciones virtuales menos la del traslado de contestación de demanda que debe hacerse en el domiclio constituido