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  • Ejecución de alimentos - embargo sin monto

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1084271  por DrOcto
 
Hola estimados colegas, les quiero hacer una pequeña consulta:

Llega una cliente, con un juicio por alimentos ya terminado, inició su posterior ejecución y por un mal desempeño profesional de su abogada el expediente se pasó 4 años (si, 4 años) en la cámara, por apelar una resolución tonta que encima no le hicieron lugar (hasta la cámara advirtió a la letrada por su falta mala conducta procesal - etico - profesional). La cosa es que el juicio está parado hace 5 años, y quiero embargarle un inmueble al alimentante (lo último que le queda, es una persona de conocida posición socio económica pero todo a nombre de testaferros).

El problema radica en que está muy desactualizado el monto después de tantos años, y no se encuentra el expediente principal (me dijeron que tardarían varios días para encontrar la sentencia en el libro de protocolos porque la asentaron mal), y quiero pedir un embargo sin monto por estos motivos. Lo ven viable?

Procesalmente, que me recomiendan? En mi experiencia pocas personas se aventuran a comprar un inmueble con un embargo por más barato que sea, y es mejor el 50% de algo que el 100% de nada (tengo miedo de que por tratar de pelear por el embargo sin monto el tipo "venda" su casa en ese lapso, y ahí si que estamos fregados), así que otra posibilidad que barajo es la de pedir el embargo con monto mientras peleo con otro embargo más pero sin monto.

Espero sus respuestas, gracias!
 #1084323  por buenosairesfamilia
 
No existe el embargo sin monto. Si el bien no fue denunciado en el expediente pedi una inhibicion general de bienes e inscribila en el registro en donde corresponde el inmueble. Simultaneamente practica una nueva liquidación y pedi que se deje sin efecto la anterior, mientras no se haya cumplido con el traslado de la liquidacion anterior no pasa nada.
 #1084961  por DrOcto
 
Muchísimas gracias buenosairesfamilia por la respuesta!
En varias oportunidades pedì embargo sin monto cuando no había suma líquida, y muchas veces los jueces me hicieron lugar a fin de evitar hacer un cálculo. Pero en este caso en particular me entra la duda porque ya hay una suma líquida exigible, entonces no sé si me harán lugar.
Aunque charlando con mi almohada llegué a la conclusión de que el 50% de algo es mejor que el 100% de nada, así que pediré embargo por la suma determinada, y luego de trabado pediré que se actualice con planilla.

Si hay más sugerencias estoy abierto!