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  • ABANDONO DE TAREAS/ABANDONO DE TRABAJO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1084366  por carpediem777
 
Buenas noches colegas, estoy dando los primeros pasos en laboral...y la verdad tengo dudas básicas que me traban...estoy armando mi primer demanda y entre taaaantas dudas está esta que es básica (creo)...

Copio la parte pertinente del telegrama de despido:
"...habiendo ud ausentado sin aviso ni justificación de su lugar de trabajo, haciendo abandono de tareas el dia.....y habiendo en el dia de la fecha sin causa justificada proferido amenazas y faltado el respeto a su superior jerárquico con gruesos epitetos impropios no acordes con la vinculacion laboral y formulado falaces acusaciones, todo ello en presencia de...........haciendo nuevamente abandono de tareas y retirándose del lugar de trabajo, todo lo cual constituye injuria y torna de imposible continuidad la relacion laboral, se la despide a partir del dia de la fecha con justa causa por su exclusiva culpa..."

La cuestión es que ( leyendo mucho sobre el abandono de trabajo)...me surge la duda si es lo mismo abandono de tareas y abandono de trabajo...ya que podría entenderse el "abandono de tareas" cuando el trabajador abandona su puesto de trabajo y se va y, el" abandono de trabajo" cuando directamente no se presenta a trabajar....que serían dos cosas diferentes...
En éste caso concreto la empleada faltó un dia a trabajar por un accidente y cuando se reincorporó le dijeron que se vaya a su casa porque estaba suspendida....a éstas dos situaciones hace referencia la C.D.,....(haber faltado un dia, tiene certificado médico para justificar, y haberse ido cuando se quiso reincorporar y le dijeron que se vaya)
Entonces es lo mismo o son dos cosas diferentes???? a que se refieren en la carta documento????' gracias al colega que me oriente y disculpas por lo básico de la cuestión. :roll:
 #1084367  por Martincho7
 
Aclaremos (tu contraparte tiene todo mezclado):
- Abandono de trabajo: para considerarlo incurso en abandono de trabajo como causal de disolución del contrato, el empleado debe ser debidamente intimado a regresar al trabajo en plazo razonable e injustificadamente negarse a regresar al trabajo. Nada de esto sucedio en tu caso.
- Despido por abandono: no existe! O estas en la causal anterior (que no es un despido sino la disolución por abandono debidamente intimado) o hay una falta injustificada que puede merecer una sanción de apercibimiento, suspension y recien con la reiteración de sanciones graves se podría llegar al despido causado.
- Despido por causa de injurias graves a un superior: habría que ver en el caso concreto que pueden probar, si tienen la gravedad para justificar el despido y si no fueron reciprocas o provocadas por su jefe.
Saludos, Martin
 #1084371  por carpediem777
 
MARTINCHO7, muchas gracias por tu aporte!!!! dentro de la demanda quiero poner un punto para el supuesto abandono de tareas, otro para la falta de respeto al superior, y tenia miedo de plantear el tema del abandono del trabajo y que en realidad se tratara de otra cosa, pero veo que no estaba tan errado, en definitiva si no existe el despido por abandono de tareas, desarrollaré un poco sobre el tema de abandono del trabajo, requisitos que en éste caso no se dan para nada para encuadrar lo que pretenden, no la intimaron, no hubo voluntad de no volver a trabajar, etc etc....entendi bien????????????????' :shock:
 #1084375  por Martincho7
 
Deci que te agredieron verbalmente en el trabajo y por eso te tuviste que retirar. Eso no implica en modo alguno que hayas consentido disolver la relación de trabajo por abandono. No se trata mas que de una mendaz artimania para ocultar el despido arbitrario dispuesto por ellos bajo otro ropaje. Tanto endilgarte abandono cuando ellos provocaron tu retiro del puesto de trabajo por el resto del dia, como la supuesta causa de insubordinacion o falta de respeto, que ellos fabricaron agrediendote verbalmente y poniendo en duda tu continuidad en el trabajo.
Fijate en el Tratado de Fernandez Madrid, por ejemplo.
Saludos, Martin
 #1084379  por carpediem777
 
Martincho, otra vez gracias, y en ésta oportunidad copio el punto de la demanda donde hablo sobre el abandono de tareas, por lo tanto acepto opiniones, correcciones etc, quizás también le sirva de modelo a algún colega. No es muy extenso ya que a las pruebas me remito y no quiero hacer una demanda que no la lea ni un sólo de los jueces....

V.-a) ABANDONO DE TAREAS:
La demandada pretende alegar una causal de despido en su primer misiva alegando lo siguiente: “…habiendo ud. ausentado sin aviso ni justificación de su lugar de trabajo, haciendo abandono de tareas el día domingo 13 de octubre de 2013…” y, luego en la misma misiva alega que, luego de la supuesta falta de respeto proferida por la actora, ésta se retira del lugar de trabajo haciendo abandono de tareas.
Ahora bien, tal cual surge del intercambio telegráfico, la actora sufrió un accidente con su motocicleta, motivo por el cual no pudo concurrir a su lugar de trabajo el día domingo 13 de octubre de 2013 pero, “intentó”…y digo intentó justificar su inasistencia al próximo dia laborable, ya que se negaron a recibirle el certificado médico que se acompaña en original a ésta demanda, por lo tanto la justificación de su ausencia se probará totalmente en el momento procesal oportuno. Por otro lado, en el mismo momento en que la señora ............ se apersonó a su lugar de trabajo a intentar retomar sus tareas laborales cotidianas, además de no recibirle el certificado médico, la suspendieron verbalmente y la enviaron nuevamente a su casa, tal cual se describe en el intercambio telegráfico, punto ……de la presente demanda. NO SE TRATA MAS QUE DE UNA MENDAZ ARTIMANIA PARA OCULTAR EL DESPIDO ARBITRARIO DISPUESTO POR ELLOS BAJO OTRO ROPAJE. ( si si...ésta frase me gusto y te la robe jajajjajaj)
Como verá V.E. no se cumplió con ninguno de los requisitos necesarios para dar curso al abandono pretendido por la demandada.
Debemos partir de la premisa de que el abandono es un acto de incumplimiento basado en la ausencia sin aviso ni justificación del trabajador, POR UN PLAZO RAZONABLE, EN DONDE EN FORMA TÁCITA EXPRESA SU DESICIÓN DE NO REGRESAR AL TRABAJO.
Por lo tanto para que se consolide el abandono y en consecuencia el incumplimiento pretendido por la demandada deben concurrir:
1) Un elemento formal, que es la intimación frente a la ausencia del trabajador, con el fin de que reingrese en un plazo prudencial. En el caso de marras no se dio, puesto que en ningún momento se notificó a la actora para que retome tareas bajo apercibimiento de sanción disciplinaria y/o incluso despido, sino que, vulnerando totalmente el principio de continuidad del contrato de trabajo, decidió arbitrariamente despedir a la Sra .............
2) Un elemento subjetivo, que implica la vocación o el “animus” por parte del dependiente de no regresar al trabajo. En el caso de marras la Sra. Echevarria se presentó a trabajar el dia 15 de octubre de 2013 normalmente, día en que la demandada alega la falta de respeto, por lo tanto es a las claras que la intención de la actora era plenamente de continuar con la relación laboral, siendo éste el segundo requisito que no se cumple.
3) Otro elemento objetivo que es la ausencia del dependiente sin conocer el principal las razones de la misma. Y en éste punto es importante destacar la frondosa jurisprudencia al respecto, por lo cual sólo citaré alguna para no agobiar a V.E.: “…si en el entorno fáctico de las relaciones laborales el accionante pudo buenamente pensar que su falta de un día no iba a tener consecuencias, y la demandada más bien pareció querer sacarse de encima un operario, es procedente el pago de la indemnización por despido.- “CNTrab., sala IV, septiembre 20-1989, TySS, 1989-888.-“ “La ausencia del trabajador por un período de tres días, aun sin aviso, no justifica por sí la ruptura del contrato por parte del principal” CNTrab., sala II, noviembre 9-1976. Con apostilla de Adrián O. Goldín, TySS, 1977-229.
Del relato de los hechos y lo anteriormente expuesto V.E. podrá inferir que no hubo incumplimiento alguno por parte de la actora que justifique una injuria de tal magnitud y gravedad tal, para disolver el vínculo laboral.

La info es de Tratado del Despido y Otras Formas de Extinción de Julian A. De Diego Editorial La Ley, en ésta parte básicamente habla del art 244 LCT pero en gral de las ausencias sin aviso ni justificación, en fin espero que algun colega aporte a la causa!!!!!! gracias!!
 #1084382  por Martincho7
 
Fijate con lo titulos decir lo que vos queres:
V.-a) INEXISTENCIA DE CESE POR ABANDONO:
Texto...
NO SE REUNE NINGUNA DE LAS CONDICIONES PARA CONFIGURAR EL ABANDONO.
Texto... y agrega el principio de conservacion del contrato
EN RESUMEN NO SE TRATA MAS QUE DE UNA MENDAZ ARTIMANIA PARA OCULTAR EL DESPIDO ARBITRARIO DISPUESTO POR ELLOS BAJO OTRO ROPAJE.

b) FALTA DE JUSTIFICACIÓN DEL DESPIDO ARBITRARIO DISPUESTO POR MI EMPLEADOR:
...