Buenas noches.
Mi clienta va a ir a certificar su firma a anses en la Carta Poder para que yo pueda posteriormente registrar el poder.
Puede ese mismo día, certificar los formularios de inicio de la jubilación.
Es por ley 24.476.
Muchas gracias.
Mi clienta va a ir a certificar su firma a anses en la Carta Poder para que yo pueda posteriormente registrar el poder.
Puede ese mismo día, certificar los formularios de inicio de la jubilación.
Es por ley 24.476.
Muchas gracias.